Nuevamente los sanjuaninos han sido sorprendidos por las reiteradas fugas del peligroso delincuente Miguel Ángel ‘Taza’ Albornoz, con frondoso prontuario desde 1989, cuando cayó preso, y después por sus múltiples antecedentes por robo a mano armada, toma de rehenes, cinco condenas, tres fugas, dos del Penal de Chimbas y otra en Mendoza, más una condena en San Luis, entre otros hechos de su historial delictivo.
El problema reinstala la polémica, no frente a la trayectoria del maleante sino en la facilidad con que se le otorgan salidas transitorias, que le sirven para volver a delinquir sin que estos hechos sirvan de agravantes para reconsiderar la aplicación de la ley destinada a facilitar la reinserción de un interno. La experiencia por la seguidilla de delitos cometidos gracias a la prebenda irrestricta, vuelve a poner en la consideración pública la forma en que los magistrados interpretan en letra y espíritu la legislación, más allá del garantismo ideológico de algunos jueces permisivos.
La ley 24.660 de Ejecución Penal establece en general la garantía constitucional de la reinserción social del reo y las condiciones para otorgar la salida transitoria, un derecho para quienes ya cumplieron la mitad de la condena y se destacan dentro del penal por el buen comportamiento. Las normas provinciales complementarias a las de carácter general, coinciden en tales propósitos, ya que un condenado recuperable no puede resocializarse en aislamiento, al haber perdido patrones culturales de sociabilidad por encontrarse en un sistema con un otro régimen y esquemas de conducta diferentes de quien goza de libertad.
Es en este punto de inflexión donde aparece el criterio del magistrado, analizando los informes de los organismos técnicos del servicio penitenciario, para permitir salidas destinadas a afianzar y mejorar los lazos familiares y sociales; cursar estudios, trabajo, o participar en programas específicos de prelibertad ante la inminencia del egreso por agotamiento de la condena. Es aquí donde surgen los interrogantes de la ciudadanía acerca de las motivaciones que tuvo la jueza de Ejecución Penal, Margarita Camus, para concederle el beneficio de las salidas transitorias a Albornoz.
Sin duda las razones deben ser de peso, teniendo en cuenta los antecedentes del condenado, que hizo empleó sus permisos para ampliar sus incursiones ilícitas.
