La Presidenta Cristina Kirchner anunció el envío al Congreso de la reforma del Código Procesal Penal. Entre los argumentos para la modificación, la mandataria mencionó la cantidad de presos sin condena en el país y la necesidad de un sistema más ágil y de corte acusatorio. En el antiguo sistema, el juez inquisidor investigaba, el fiscal acusaba y otro juez sentenciaba. Pero durante el menemismo se implementó un sistema de juicio oral y público en la ciudad de Buenos Aires y en el fuero federal: la investigación seguía siendo inquisitiva en la primera etapa y el gran cambio se daba en la segunda, en la que los jueces formaban un tribunal, y el fiscal y el defensor alegaban en un plano de igualdad.
El sistema que se pretende ahora es totalmente acusatorio, adoptado en las legislaciones más modernas: desaparece el juez de la etapa inicial y a cargo de la investigación quedan los fiscales, quienes, una vez reunidas las pruebas, llevan la causa a juicio oral. En esta instancia, no hay modificaciones y es donde aparece plena la defensa, quien libra su batalla dialéctica con la fiscalía, en un plano de igualdad.
Una de las mayores novedades de la iniciativa consiste en que contempla la expulsión de extranjeros para aquellos que tienen irregularidades y que sean sorprendidos en la comisión de un delito y que no podrán volver en quince años al país. Se trata de uno de los reclamos que había formulado el secretario de Seguridad, Sergio Berni, en declaraciones públicas.
Según el último informe del Sistema Nacional de Estadísticas sobre ejecución de la pena, publicado en 2012 por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el 50% de las personas alojadas en cárceles argentinas son procesadas sin condena firme. Esto posiciona a la Argentina en el puesto número 18 de los países con más presos preventivos en el mundo, según la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito.
Ciertamente, el Código Procesal será un instrumento transparente si se establece un régimen que asegure la independencia de los fiscales. Pero el peligro es que se oculte una trampa judicial a favor del corporativismo fiscal. Los fiscales, obedientes de la Procuración General de la Nación encarnada hoy en Gils Carbó, podrían ser dueños de lo que se decide investigar, qué, cómo y hasta dónde se investiga, aunque esta posibilidad se encuentra atenuada o limitada ya que las víctimas o sus representantes pueden actuar a la par de los fiscales en las etapas de investigación, prueba y acusación.
