Quienes observan el devenir de la política local y el comportamiento de sus actores involucrados, que por mandato de sus jefes políticos naturales, deben cumplir tareas apropiadas a sus cargos en los tiempos que disponen los estrategas, para obtener los réditos políticos en los momentos oportunos que las circunstancias electorales así lo demanden, están deduciendo que la plataforma de trabajo y el ritmo del mismo para redactar la nueva Ley Provincial de Educación va a tener una consonancia donde se observará que el término "urgente” se encuentra ausente.

La Comisión de Educación de los parlamentarios sanjuaninos está llevando una lenta y dilatada faena de tal manera que el proyecto de la nueva ley vea la luz en concordancia a los tiempos en que las urgencias de la política nuevamente necesite de la educación como argumento de futuras políticas de gobierno para que garanticen el voto ciudadano. Entendemos que la labor legislativa de ciertas leyes debe realizarse dentro de un plan de trabajo planificado estratégicamente de manera tal que el fruto de esa dinámica genere las argumentaciones para la justificación y defensa del logro cuando sea puesto a votación en una vidriera que la ciudadanía interprete como beneficioso para su futuro. Los diputados que buscan la excelencia en el cumplimiento de su mandato tendrían que poner de manifiesto una de las técnicas legislativas que marca su derrotero político; cual es: a) imponer calidad en legislar. Esto en términos prácticos se entiende como la perdurabilidad en el tiempo de la efectividad de la norma legal; b) proporcionar los medios de controles con atributos de excelencia en calidad. Es la gran carencia de la legislación argentina. Se dictan leyes que son letras muertas en su aplicabilidad y que es la esencia constitucional de ese poder; y c) ser lo suficientemente avieso para captar el sentido de la oportunidad de la norma reconociendo que los tiempos políticos y lo tiempos de las necesidades sociales circulan por andariveles distintos. Palmaria prueba de ello es que este proyecto de ley lleva demorado más de un quinquenio en ver la luz de la democracia. Sistema político que se nutre de la templanza en legislar, sancionar y ejercer el control ecuánime e imparcial del espíritu republicano y democrático de la Ley. En la norma del Derecho se respalda la dignidad ciudadana y los vínculos entre la institucionalidad de la ley y los ciudadanos que aspira a brindar el marco y sentido de protección es donde se encuentra la virtud social de la legislación.

Aún existen temas sensibles que no han sido plasmados en un articulado, cuyo ideario va en armonía al voluntarismo de nuestros legisladores. Uno de ellos es la creación de escuelas para niños cuyos coeficientes intelectuales sean superiores a la media normal y que su concurrencia a escuelas comunes o normales les plantea un ámbito pedagógico no propicio a su formación y desarrollo educativo. Un relevamiento psicopedagógico de campo por parte del Estado; entiéndase por esto en todas las escuelas de San Juan, con posibilidades de proyección al resto de nuestro país, instrumentado a través de un verdadero nivel profesional de planificación, arrojaría resultados tan contundentes que garantizaría la existencia de estos establecimientos educativos.

Esta ley debe expresar en forma cognoscitivamente clara y taxativa: Qué deben estudiar los educandos? Y para qué estudiar. Debe ilustrar psico-social y pedagógicamente el valor de cumplir con los objetivos de la educación en sus tres niveles; para qué les sirve a los jóvenes de este siglo XXI los títulos que les brinda la educación secundaria que se imparte hoy; y la valoración intrínseca y extrínseca de los títulos terciarios vigentes.

La ley provincial de educación debe de marcar como norte señero las auténticas expectativas de enseñar, y las anheladas expectativas de aprender, en una realidad educativa sincerada y que se encuentra condicionada a los avatares políticos y económicos, que son los dos únicos condicionantes a los que la educación está sometida históricamente.

Estamos hablando de la Educación del Siglo XXI y en ese contexto unívoco, ¿cómo será canalizada "la obediencia política debida” para que no sólo sea compatible con la Ley Nacional de Educación, sino que sea ampliamente superadora de aquella? Recordemos ese código político no escrito: "Los mandatos económicos son superiores a los educativos”. ¿Primará el deber político sobre la conciencia y el deber moral del ciudadano sanjuanino?

Seguramente en esto tendremos un final abierto, según la ya conocida jerga política.

(*) Docente.