La sociedad asiste, con sorpresa o, quizá ya no tanta por la costumbre de expresiones públicas, emanadas de personas que obtuvieron poder económico y mediático para causas que originariamente fueron vista como justas, como es la lucha reinvindicatoria de los derechos humanos, pero que con el correr del tiempo fueron absolutamente deterioradas. Los nobles reclamos fueron sepultados por la ideología más perversa.
La titular de las Madres de Plaza de Mayo, Hebe de Bonafini, que dispone de alto poder económico, aviones oficiales a su disposición y una estructura mediática y operativa atentó contra la institucionalidad republicana al tratar de "turros” a los miembros del Superior Tribunal de Justicia de la Nación. En el mismo acto público incitó a "tomar el Palacio de Justicia” y echar a sus componentes o que renuncien, lo que constituye delito de sedición, expresamente contemplado en la legislación y con las sanciones que pudieren traer aparejado. La sedición está tipificada en el Capítulo I del Título XXII del Código Penal, dentro de los delitos contra el orden público, concretamente en los artículos 544 a 549.
Conviene remarcar que en el Código Penal de 1973 tanto la sedición como la rebelión, se recogían en el Título II, dentro de los delitos contra la seguridad interior del Estado. Sin embargo, el nuevo Código ha ubicado el delito de rebelión en el Título XXI, dentro de los delitos contra la Constitución. Dice el artículo 544 que son reos de sedición "los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales”.
Por eso, si queremos vivir en democracia, vivamos al extremo en ella, con la división de poderes, su auténtico ejercicio, búsqueda del equilibrio y controles recíprocos. La gravedad de hechos de esta naturaleza, conllevan un deterioro institucional que, las mismas personas que hoy atentan contra ello, lo pregonaron. Es la oportunidad de tomar medidas ejemplares. Nada, ni nadie puede intentar desestabilizar por estos medios el orden instituido. Existen todos los mecanismos para desplazar a los malos jueces, camaristas y cortistas, pero no cabe en nuestra vida institucional promover para ello medios reñidos con la legalidad.
Si hay que hacer correcciones para que la Justicia llegue a la excelencia, están los mecanismos adecuados, diametralmente opuestos a las presiones, el hostigamiento, o la reducción presupuestaria que la haga claudicar ante el poder político.
