La coparticipación federal de impuestos es el basamento de la estructura financiera republicana y debe encuadrarse en un régimen distributivo aprobado por el Congreso. Los constituyentes, que reformaron la Constitución en 1994, dieron plazo hasta el 31 de diciembre de 1996, pero ningún gobierno lo cumplió.

Las sucesivas crisis obligaron a pactos fiscales compulsivos, invirtiendo el reparto de fondos: 60% para la Nación y el resto para las provincias. Luego vinieron las exigencias del FMI para darle equidad distributiva y la promesa incumplida del ex presidente Kirchner de contar con una nueva ley el 1 de enero del 2005, con un 44% para la Nación y 56% para las provincias. Lo único cierto es que el año pasado las provincias sólo recibieron un 32 por ciento.

Frente a este atropello ayer, por primera vez, la Corte Suprema aceptó tratar como tribunal originario una demanda por coparticipación. Es un reclamo de San Luis contra la Nación, a través de la AFIP, para que se le restituya una suma de dinero en concepto de coparticipación tributaria, desde el 4 de noviembre de 2001.

En marzo último, la Procuración General se pronunció a favor de que la Corte la analizara la cuestión y, ante ese dictamen, los magistrados Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda, votaron por aceptar el expediente y notificaron al Estado nacional para que conteste la demanda.

La Corte interviene en un caso puntual, pero trascendente, porque abre las puertas a reclamos por el conflictivo y caprichoso manejo político de los fondos públicos.