Vale rememorar, de cara al futuro, cómo la Cooperativa CAPEL de los productores de los valles del Huasco, Elqui, Limarí y Choapa, de las regiones de Atacama y Coquimbo en Chile, han hecho carne y conciencia dos aspectos organizacionales claves de su vida económica en el marco de su dilatada e intensa trayectoria exhibida desde su fundación en 1938.

Se destaca el caso CAPEL por haber cumplido con el principio de factibilidad, es decir, de "haber hecho algo bueno por haberlo hecho posible", y, además mantenerlo, desde su fundación hasta hoy, y por servir como ejemplo para entidades similares que podrían funcionar a nivel local.
¿Qué es esa obra "buena"?: Haber podido concretar en el duro decurso de los hechos económicos la real existencia de una empresa cooperativa.
Es el simple y trascendente caso de haber mantenido su actividad productiva en el marco del modelo cooperativo en lugar del marco del mercado empresarial comercial, lo que, les ha permitido, defenderse de los efectos negativos de la competencia abierta y transnacional. Veamos esos puntos:
El primer eje es conocer como los cooperativizados tienen acendrado y asumido el tema de la fijación del precio de la materia prima básica para la generación de su producto final. Esta cuestión de la fijación del precio lleva, en primer término, a describir quién o quiénes lo fijan. En ese orden de cosas, y en línea con la lógica cooperativa, se destaca que quien o quienes determinan el valor del precio de la unidad del kilogramo de uva pisquera, resultan ser los propios miembros de la cooperativa.
Ese sujeto plural de naturaleza cooperativo reúne en su misma subjetividad dos cualidades a saber, la de ser productor y a la vez de ser la autoridad de fijación del valor de la materia prima que facilitará su objeto de producción.
Los cooperados tienen claro, que si no fijan ellos mismos el precio de sus materias primas, teniendo en cuenta que no existe el vacío en la economía, necesariamente se configuraría un nivel de precio nocivo, que sería impuesto por la competencia, esto es, las grandes empresas del mercado mundial, que verían allanado su camino en punto a fijar precios más reducidos, atento, a que, de ese diferencial de valor tomarían apreciables ganancias.
En otros términos, hay dos intereses en juego, por un lado, está el del grupo de cooperados, que, como es lógico, atenderán su propio interés y nunca fijarían un "quantum" que vaya contra el requerimiento dinerario mínimo que les garantice su operatividad básica para reproducir el ciclo productivo.
El otro aspecto y no menos importante que el anterior, se refiere a la relación voto por cooperado y cantidad de hectáreas que dispone.
Esta experiencia del derecho cooperativo universal y regional es un ejemplo de permanencia contra las adversidades habituales de la competencia económica contemporánea, en razón de que ha tenido que soportar intentos ingentes de absorción por parte y a expensas del modelo empresario de los grandes monopolios transnacionales que desvirtúan la competencia sujetada a una dinámica más o menos democrática y equilibrada.
Por el Dr. Mario A. Luna y Fabián Núñez
Ex presidente y ex asesor del Concejo Deliberante de Jáchal, respectivamente.
