La eficiencia que la ciudadanía le reclama a la Justicia, frente a la creciente inseguridad y corrupción, la mayor preocupación de los argentinos, requiere ajustar los mecanismos para que las penas sean efectivas con acotadas excarcelaciones y la necesidad de hacer imprescriptibles a los delitos que buscan la impunidad con el paso del tiempo.
El Poder Ejecutivo ha enviado al Senado de la Nación un proyecto que cambia algunos artículos del Código Procesal Penal impulsado por el kirchnerismo y convertido en ley, pero sin entrar en vigencia porque su aplicación fue suspendida por el Gobierno de Macri hasta que se introduzcan estos cambios. Las reformas serían retroactivas por tratarse de cambios procesales y se podrán aplicar a las causas en que exfuncionarios kirchneristas están siendo investigados por corrupción.
En este proyecto se mantiene el espíritu de la norma anterior, es decir la puesta en marcha de un código acusatorio en el que los fiscales serán los protagonistas de la investigación, pero se introducen algunos cambios, y para compensar el mayor poder de los fiscales les dan también nuevas facultades a los jueces. Pero más allá de las cuestiones procesales, los cambios que se proponen están orientados a trabajar sobre corrupción y seguridad, para lo cual se buscan normas relacionadas con la recuperación de activos y la introducción de nuevas herramientas para la investigación del crimen organizado.
Entre los principales cambios se señalan más pautas para limitar las excarcelaciones, por ejemplo las amenazas a testigos, y en las penas de cumplimiento los condenados a más de tres años quedan presos sin importar si el fallo no está firme. En la figura del Colaborador el fiscal puede negociar información con uno de los cómplices y, si es eficaz, se le puede reducir la pena. Las nuevas herramientas incluyen la vigilancia electrónica a distancia, la audiovisual, la intercepción de las comunicaciones y la extracción remota de datos, incluso con programas para hackear equipos de los imputados.
Por otra parte, en un fallo histórico que sienta un precedente, la Cámara Federal de La Plata declaró la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción en una causa en la que la diputada Elisa Carrió se presentó como ‘Amicus Curiae’. Esta
jurisprudencia se extiende a todos los delitos de corrupción en los tres poderes, ya que el artículo 36 de la Constitución establece la prohibición de prescripción en delitos contra el orden institucional, el sistema democrático y por ende el hecho doloso que conlleve enriquecimiento.
