–ÚLTIMA NOTA–

En relación a los fallos a favor de la libertad de prensa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la autora ofrece en esta segunda entrega otras consideraciones referidas a los casos analizados:

La Cámara de Apelaciones revocó tal pronunciamiento, condenando al periódico en la convicción de que la obligación de reparar el daño puede derivar tanto de un obrar doloso como culposo. Finalmente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, rechazó la demanda, citando el precedente "Patitó c/ Diario La Nación y otros”, argumentando que, tratándose de figuras públicas, cuando la noticia tuviera expresiones falsas o inexactas, los que se consideran afectados deben demostrar que quien emitió la opinión o imputación conocía la falsedad y actuó con total despreocupación por tal circunstancia.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación destaca que "la libertad de expresión que consagran los artículos 14 y 32 de la Constitución Nacional contiene la de dar y recibir información”; su dimensión no es sólo individual, sino eminentemente social, en tanto "la libertad de imprenta es uno de los pilares del sistema constitucional de gobierno”. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva 5/85, ha interpretado que esa dimensión colectiva o social significa que todos tienen derecho a recibir información y a conocer la expresión del pensamiento ajeno. En todos los casos, nos referimos a la prensa en sentido amplio, es decir, a los medios de difusión oral, escrita, por imágenes, o cualquier otro medio de comunicación social.

La propia Corte ha señalado que el derecho de información debe ejercitarse con prudencia y dentro de límites objetivos, y no aparecer motivado por intenciones calumniosas o injuriosas; ejercicio que debe ser armonizado con el vasto espectro que exige la libertad de expresión, dotada de márgenes amplios, para que la dimensión social que le ha sido reconocida sea desplegada con la mayor intensidad, sobre la base de un sistema de protección constitucional que impida la obstrucción de una prensa libre, en cuanto constituye un servicio de inestimable valor para el afianzamiento del sistema democrático y de las instituciones republicanas.