Amado Boudou y Aníbal Fernández, ex funcionarios públicos.

 

Con un concepto jurídicamente superior tal vez al actual, y en época de la colonia el "Juicio de Residencia" fue un procedimiento judicial del derecho castellano e indiano, que consistía en que al término del desempeño, el funcionario público sometía a revisión sus actuaciones, y se escuchaban todos los cargos que hubiese en su contra. Generalmente, el encargado de dirigir el proceso, llamado juez de residencia, era la persona ya nombrada para sucederle en el cargo. Las sanciones eran variables, aunque frecuentemente consistían en multas. El Juicio de Residencia tuvo en la administración indiana una gran importancia. Comprendía a toda clase de funcionarios, desde virreyes, presidentes de Audiencia, gobernadores, hasta alcaldes y alguaciles. Todos los virreyes debían pasar su juicio de residencia antes de que tomara posesión del cargo su sucesor. En este proceso se analizaba el grado de cumplimiento de las instrucciones recibidas en su mandato, y durante seis meses se investigaba su labor. Más cerca en el tiempo, Gretchen Helmke, investigadora norteamericana, en la década de 1990 estudió el comportamiento de la justicia latinoamericana, a fin de formar algunas reglas sobre el comportamiento estratégico ante los cambios políticos. El estudio sostiene que cuando un gobierno en ejercicio empieza a perder poder, y debilitarse, los jueces se ven estimulados a incrementar medidas contrarias al gobierno. Su teoría pronostica ciclos, jurídico-políticos inversos, tomando medidas consecuentes con su decaimiento. Pero, anteriormente Guillermo O’ Donell había profundizado algo en esto, y destacó la necesidad de volver la mirada sobre otro tipo de institucionalización en Latinoamérica, y ver el desempeño institucional en la región de este modo, el actor determina cuales son las pautas a seguir, ya que normalmente están rutinizadas.

Helmke y Liwinsky entienden que la institución es una serie de reglas y procedimientos que estructuran la interacción social, pues se encargan de incentivar el comportamiento político de los actores. Entonces vemos en los países menos institucionalizados formalmente de América latina cómo se aplica esta teoría. Así las cosas, en nuestro país vemos al final del periodo político anterior una batería de procesos contra funcionarios y ex funcionarios, aplicándose en dos meses, en forma taxativa esta teoría (Boudou, D’Elia, Abal Medina, Garré, Fernández, etc.) siendo estadísticamente un récord los fallos dictados contra ex funcionarios. Tal vez, sea que la lentitud característica de la Justicia nacional, o tal vez colaboró la existencia de un cuello de botella en los procesos al final del mandato. Sea como fuere, coincide el apresuramiento de fallos en el ciclo final de gobierno. Si nos extendemos un poco en el mapa latinoamericano, la situación se repite. En Brasil, el juez que encarceló a Lula, hoy sería un posible ministro de Justicia de Bolsonaro. En Ecuador, Correa no escapa a la teoría, y tiene prisión preventiva en un fallo. Por supuesto, esto en Chile no se ve, ya que sin duda es un país donde da muestras de madurez democrática. Queda confiar en que los procesos sean llevados a cabo, en estricta justicia, con valoración de prueba real, y aplicando el mejor de los criterios, el sentido común, y la sana crítica racional y con la total rigurosidad de la pena, en caso de ser culpables.

 

Por Juan C. Noguera Ramos   Abogado – escritor