En algún momento de nuestra historia reciente, un sector minúsculo de nuestra dirigencia ha confundido educar con adoctrinar. Esa confusión no sólo trae aparejada una distorsión de la naturaleza y objetivos de la educación, sino que, además, produce efectos a largo plazo.
Efectivamente educar etimológicamente (educere) implica sacar de la interioridad de los alumnos, lo mejor de sí. Y ello da la idea de un proceso, de “ir hacia adelante” dando pasos graduales. En definitiva, la educación ayuda a que nuestros hijos sean mejores personas. De allí la importancia del rol del docente.
Adoctrinamiento escolar
El adoctrinamiento usa el aula para transmitir una idea parcializada de la realidad o una concepción política partidaria determinada. Mientras que la educación apuesta a formar conciencia y capacidad de discernimiento moral, el adoctrinamiento procura eliminar el juicio crítico del alumno convirtiéndolo en un repetidor de la información sesgada que recibe. Porque adoctrinar no es otra cosa que inculcar de forma acrítica ideas. El adoctrinamiento procura una actitud pasiva en el receptor que sólo debe recibir y repetir las posturas ideológicas recibidas. Mientras que educar supone y alienta la autonomía del pensamiento y la pluralidad de opiniones. Por el contrario, quien adoctrina muestra un alto grado de intolerancia al que piensa diferente y un rechazo a quien intenta levantar vuelo generando sus propios criterios. La diferencia a largo plazo entre ambas, es evidente: educar enseñar a ponerse en el lugar del otro, antes que juzgar a ese otro y promueve mayores niveles de protagonismo y compromiso ciudadano.
Fundamentos normativos
El derecho a la libertad de pensamiento y de conciencia, está consagrado en Tratados Internacionales con jerarquía constitucional. Así encontramos el art. 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) al reconocer que “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión”. En el mismo sentido lo encontramos en el art. 12 del Pacto de San José de Costa Rica (1969), en El art. 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) y en el art. 14 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Iniciativa oficial
El gobierno actual busca penalizar el adoctrinamiento en las escuelas y para ello enviará al Congreso un proyecto modificatorio de los artículos 11 y 126 de la ley de educación nacional N¦ 26.206. El artículo 11 establece los fines y objetivos de la política educativa nacional, mientras que al artículo 126 enumera los derechos de los alumnos. Precisamente, el art. 11 inc.b), establece que el derecho a aprender incluye el respeto a la libertad de conciencia de los alumnos. Precisamente, el adoctrinamiento cancela la libertad de conciencia y sustituye el diálogo por la adhesión ciega a quien adoctrina.
Celebramos la iniciativa, en la medida que promueva la libertad de pensamiento. El aula no puede convertirse en el cerrojo que anule la libertad de la mente. El acto más valiente sigue siendo pensar por uno mismo y en voz alta. Sólo así formaremos ciudadanos libres, comprometidos y responsables.
Por Miryan Andújar
Abogada, docente e investigadora
Instituto de Bioética de la UCCuyo