Toda persona tiene como referente al grupo al cual pertenece, sin embargo, su compromiso social no se agota con el rol que desempeña ya que además puede adquirir un compromiso que no sólo se deduce por su condición de habitante, vecino o residente y por el que pone a la vista su carácter cívico que la misma sociedad le imprime, pues, no sólo permite ser observado como persona sino también como ciudadano.

No cabe ninguna duda que por el sólo hecho de formar parte de una comunidad social el ciudadano es un ser político, más allá de que pertenezca o no a un partido o agrupación con el que se muestra identificado. Pero adquirir un compromiso y sentirse dirigido por sí mismo en virtud del bien común, requiere de una disposición que no todos resuelven por tomar, o bien, no todos terminan por definir. En este caso estamos presentando al individuo, sujeto de derechos en "calidad de ciudadano” pues la manera o forma que tiene de presentarse y resolver situaciones de la vida diaria, lo hace partícipe necesario de la realidad social que le toca vivir, no sólo interviniendo en forma inmediata, sino también a corto, mediano y largo plazo, pues sus acciones predeterminadas o en proyecto lo impulsan a obrar con la debida responsabilidad que debe asumir.

Actuar en "calidad de ciudadano” es la mayor virtud cívica que hoy por hoy debe juzgarse pues los tiempos que corremos hacen necesario redefinir nuestro comportamiento cívico. Anteriormente desde nuestros orígenes y conformación social como nación, nuestros predecesores en su más alto grado fueron considerados como patriotas, hacedores de aquel 25 de mayo de 1810 que nos permitió expresarnos en incontables veces diciendo ¡Nace nuestra patria Argentina! Hoy, promediando el tercer milenio de este siglo XXI haciendo una filosofía profunda de nuestro ser y sentir nacional presentamos ante nuestros conciudadanos una nueva perspectiva que va a contribuir a nuestra forma de ser considerados e identificados frente a nuestros semejantes siendo esta la "Categoría de ciudadano”.

Hacemos referencia a la categoría de ciudadano en la medida en que estando presente, actuamos "en calidad de ciudadanos”. Este concepto se nutre a partir de la noción de la autodeterminación de los pueblos. Para el caso la unidad de medida es el propio ciudadano que no solo pone en ejercicio su voluntad, su autonomía o el ser poseedor de derechos entrando en acción, sino que trascendiendo su rol como miembro de familia, padre madre o hijo, como miembro de una comunidad educativa, profesor, alumno o tutor, en su condición laboral, como profesional, dependiente u obrero, etc., se compromete sin dejar de ejercer su propio rol, como ciudadano ante sí mismo y ante los demás y que por su accionar debe ser simplemente identificado como tal.

Haber creado el SEA (Sistema Educativo Alterno) significó la oportunidad para que la categoría de ciudadano se desarrolle avalando la participación del niño, joven o adulto. Su valor, está en el "método de experiencia participativa” que paralelamente proyectamos. El SEA así, se caracteriza por su aplicación sucesiva del método de referencia, es decir que cada momento de aprendizaje trasciende a los objetivos alcanzados pues el conocimiento se juzgará no ya por lo aprendido sino por lo demostrado y por cómo se está llevando a la práctica. No se trata de una constante repetición, ni de un continuo aprendizaje, sino de una reafirmación de la praxis en una variable situación. Como ejemplo describimos brevemente cómo es posible que uno de sus partícipes lo concrete. El caso es que un alumno de un establecimiento educativo, no siempre junto a sus pares, está autorizado a realizar un proyecto fuera de aquel sin la autorización del Ministerio de Educación. Para el SEA tal jurisdicción ya no es pertinente pues el alumno fuera del establecimiento, actúa "en calidad de ciudadano” y su jurisdicción es departamental o provincial, en cuanto a su categoría de ciudadano, y no ya del ministerio citado.