Ante los sucesivos accidentes ocasionados en instalaciones eléctricas, ocurridos tanto en lugares privados (viviendas), como públicos (Parque de Mayo, UNSJ, etc.), algunos de ellos con perdidas irreparables de vidas humanas, es que quiero recordar que existe una amplia regulación de esta materia. Leyes nacionales al respecto que expresan con claridad lo que se debe hacer, y marcan niveles y grado de responsabilidad.
Por ejemplo la ley 19.587 de HST y su decreto reglamentario 351/79 "es aplicable a cualquier tipo de establecimiento, público o privado, y tiene por objeto proteger la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de las personas y prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos puestos de trabajos".
Esta ley, en su decreto reglamentario , anexo VI establece "condiciones de seguridad de las instalaciones eléctricas" para lo cual se deberá cumplir con lo que establece la "Asociación Electrotécnica Argentina (AEA)". También establece que se deben nombrar profesionales en HST, a los efectos de realizar las actividades definidas por la misma.
Por su parte la ley 24.557 de Riesgos del Trabajo , incorpora otro actor al sistema que son "Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo" (ART ), que entre otras funciones tiene la de "auditar" a los establecimientos por ellos asegurados para que cumplan con la ley HST. Esto en el ámbito laboral.
En el caso de viviendas particulares a nivel nacional el ENRE (Ente Nacional Regulador de la Energía) a adoptado el "Reglamento de instalaciones eléctricas domiciliarias" de la AEA. En el caso de San Juan quien debería coordinar el cumplimiento de este reglamento seria el EPRE (Ente Provincial Regulador de la Electricidad ), quien ya dispone de un anteproyecto de reglamento de Instalaciones en inmuebles. Para ello deberá convocar en Audiencia pública, a los municipios, organismos de obras publicas (IPV, Arquitectura, Lote Hogar, etc.); a los Consejos profesionales de ingenieros, arquitectos, y técnicos a los efectos que las obras eléctricas en nuestra provincia sean ejecutadas por profesionales, técnicos o idóneos, según correspondan, estos deben estar perfectamente matriculados y habilitados por el organismo que corresponda acorde a la magnitud de la obra a realizar.
Entonces, nos preguntamos ¿Por qué existiendo regulación y profesionales idóneos en la materia tenemos que seguir lamentando perdidas de vidas humanas?.
