En medio de fuertes polémicas y a la espera de un dictamen del Tribunal que analiza su constitucionalidad, ya rige en España la ley de salud sexual y reproductiva, que contempla el aborto. De esta forma, interrumpir el embarazo voluntariamente deja de ser un delito despenalizado para convertirse en un derecho, cuando se cumplen 25 años de la aprobación de la primera ley, en 1985, que permitió que 1.300.000 mujeres abortaran en España.

Ahora cualquier mujer podrá abortar dentro de las 14 primeras semanas de embarazo sin alegar motivo alguno. El aspecto tal vez más sombrío de esta ley es su pretensión de calificar el aborto provocado como un derecho protegido por el Estado. "El derecho a la maternidad libremente decidida”, no significa que toda mujer tiene derecho a elegir si quiere o no ser madre sino que tiene derecho a eliminar a su hijo ya concebido. Ser árbitro absoluto sobre la vida o la muerte del hijo que lleva en sus entrañas.

Abortar sobrepasa con mucho las posibles decisiones sobre el propio cuerpo, sobre la salud de la madre o sobre la elección de la maternidad. Es una decisión sobre un hijo indefenso y totalmente dependiente de quien lo lleva en su seno. El Estado que otorga la calificación de derecho a algo que, en realidad, es un atentado contra el derecho fundamental a la vida, pervierte el elemental orden de racionalidad que se encuentra en la base de su propia legitimidad. La tutela del bien fundamental de la vida humana y del derecho a vivir forma parte esencial de las obligaciones de la autoridad. El derecho a la vida no es una concesión del Estado, es un derecho anterior al Estado mismo y este tiene obligación de tutelarlo. Tampoco tiene autoridad para establecer un plazo, dentro de cuyos límites la práctica del aborto dejaría de ser un crimen.