Desde distintos sectores defensores de la flora y fauna autóctona llegaron numerosos comentarios apoyando lo expresado en el editorial de este diario, del pasado jueves 28 del corriente. Existe coincidencia de que las sanciones aplicadas en el fuero judicial de Flagrancia no alcanzan a reparar el daño cometido por un grupo de personas que fue sorprendido cazando en campos del departamento Ullum con la complicidad de un empleado de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable. Lo que más se cuestiona es que el peso de las sanciones sólo recayó sobre dos de las siete personas involucradas y apuntaron, fundamentalmente, al uso de armas cuando fueron encontrados animales muertos, entre ellos tres guanacos y un suri, lo que constituye una grave depredación del ecosistema. Los proteccionistas se preguntan además que pasó con los otros seis implicados en la causa ya que la Justicia tendría que haber actuado en conjunto por la participación que tuvo todo el grupo en este hecho que está contemplado por el artículo 25 de la Ley N° 22.421 y en la Ley 606-L de la legislación ambiental que prohíbe la caza, calificándola de delito.