La situación del haber jubilatorio tiene dos aspectos: lo ideal y lo posible, la defensa de los que menos tienen, las situaciones de privilegio. El argumento de quienes se oponen a la modificación de fórmula de aplicación hace mención a las jubilaciones paupérrimas de menos de $8.000. Lo que en sí mismo es vejatorio. El oficialismo dice que en las nuevas pautas de la realidad futura, los montos jubilatorios se dispararían a montos impagables. La propuesta ética, posible, donde el aporte lo realicen los que más tienen, debe decir simplemente, al fijar la nueva fórmula de aplicación: “Para todo haber jubilatorio cuyo monto sea superior al monto fijado por el Indec, el mes inmediato anterior para la Canasta Familiar, la nueva fórmula de aplicación será…”.

La realidad de la vida nos dice, dada la edad avanzada del jubilado, que este número es decreciente. También contiene a quienes recibieron una jubilación, sin haber realizado los aportes que marca la Ley. La cruda realidad de la vida nos dice que disminuirá paulatinamente. Todo esto se plantea tomando, como base, aquellos que se jubilen o lo hayan hecho con el régimen, de 30 años de aporte, 60 años de edad para las mujeres y 65 años de edad para los hombres. Todo haber que provenga de cajas “especiales”, con pautas que se apartan de estas especificaciones, deberá ser analizado por rubro. Es decir, para dilucidar si lo que aportan los activos sostiene esta consideración especial. De no ser así, sus aportantes deberán analizar la factibilidad de, para lograr un sistema “especial”, debe incrementarse el aporte de los activos de esa rama. Cada sector debe hacerse responsables de “los reconocimientos” que estime corresponder.

Finalmente, sobre el número de aportantes, es responsabilidad del Estado detectar el “trabajo en negro”. Se dice que es un 40%. Se trata de un amplio espectro de la población sin una cobertura básica en un futuro. Esto “invita” a que los políticos otorguen graciosos beneficios a quienes nunca aportaron en desmedro del que cumplió con la Ley.

Dejo constancia que mi haber jubilatorio supera mínimamente, pero supera, el costo según el Indec para la Canasta Familiar.