Señor director:

Por Ley Nº N. 6026, del 16 de noviembre de 1989, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia, se crea el Colegio de Arquitectos de San Juan. En su artículo 1 dice: "A los efectos de la presente Ley, para las finalidades que la misma indica, créase el Colegio de Arquitectos de San Juan, con personería jurídica de derecho público no estatal, como organismo independiente de la administración pública, con capacidad jurídica para actuar pública o privadamente, con asiento en la Capital de la Provincia de San Juan y sin perjuicio de la instalación de regionales del Colegio y delegaciones en ciudades o localidades del interior de la misma. El Colegio de Arquitectos de San Juan, estará integrado por todos los profesionales Arquitectos matriculados en el Registro que llevará. Será regido por la Asamblea del Colegiados y por un Consejo Superior de carácter ejecutivo conforme a las disposiciones de la presente Ley y de las reglamentaciones que en consecuencia se dicten”. Este hecho histórico es de gran importancia para toda la sociedad sanjuanina. Por tal motivo, saludamos a todos los arquitectos en su día. 

Irina Maschio
DNI 11.826.272