Después de varios sacudones internos, acusaciones de traición y quiebre a la vista, Cristina Fernández de Kirchner tiene el camino despejado en su carrera para llegar a la presidencia del PJ y se adueñe de la lapicera que pondrá nombres a las listas del peronismo en las elecciones legislativas 2025.

La jueza federal a cargo del Juzgado N°1 María Servini rechazó el pedido del gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, de posponer la elección interna del Partido Justicialista (PJ) y dio lugar a la decisión de la Junta Electoral del espacio que impugnó la lista “Federales, un grito de corazón”, por irregularidades en su presentación. En ese marco, Servini convalidó solo la nómina encabezada por la dos veces presidenta Cristina Kirchner, quien asumirá a la conducción del partido el próximo 17 de noviembre.

Pese a la apelación a cargo de los apoderados de la lista del riojano, Jorge Yoma, Daniel Llermanos y Sandra Vanni, quienes plantaron a través de un escrito la insuficiencia en la fundamentación y la invalidez en las observaciones de la Junta Electoral tras haber invalidado la postulación, la Justicia respaldó los motivos expuestos por el órgano partidario.

En el fallo fechado ayer 1° de noviembre, Servini precisó que el recurso planteado es insuficiente para contrarrestar la decisión y expuso que más allá del total de 70.531 avales que la lista de Quintela asegura haber presentado, en 4.703 planillas, la Junta Electoral contabilizó un total de 60.755 avales, en 4.464 planillas, de los cuales un total de 6.809 fueron observados por falta de documentación, y otros 5.195 por irregularidades en los datos.

“En este sentido cabe recordar que la presentación de avales es uno de los requisitos indispensables para oficializar los candidatos de las distintas líneas internas. Tal exigencia debe entenderse como el estándar mínimo de consenso que debe reunir un candidato para aspirar a competir en una elección, para que cuente con una necesaria representatividad de los afiliados, constituyendo de esta forma una verdadera fuerza política”, argumentó.

En la misma línea, la jueza amplió: “Es preciso señalar también que la apelante no rebate ni controvierte las razones expuestas por la Junta Electoral Nacional con fechas 25 y 27 de octubre del corriente, que dieron sustento a su decisión, sino que, por el contrario, sólo expresa su descontento con lo resuelto”. Servini destaca que en la presentación de Quintela “no existen argumentos distintos a los que analizara la Junta Electoral Nacional, no acompañando ningún elemento que permita sostener que la Junta Electoral haya actuado de manera parcial favoreciendo a la otra lista participante”.