El Gobierno dispuso que un grupo de embarazadas debe realizar en forma presencial ante la Anses el trámite para obtener la asignación correspondiente. Anses precisó que las personas gestantes, cónyuges o convivientes registrados como monotributistas sociales, en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, o trabajadores que conserven la cobertura de la Obra Social por tres meses después del cese laboral, deben presentar las solicitudes de manera presencial en las oficinas del organismo.

Por otro lado, la norma establece que se consideran presentadas las solicitudes de aquellas personas que ya hayan acreditado su estado de embarazo en el Programa Sumar, que administra el Ministerio de Salud.

El artículo 3 señala que “las demoras en el envío de la información sobre el embarazo por parte del Ministerio de Salud, ANSES liquidará la Asignación por Embarazo incluso si el nacimiento o la interrupción del embarazo ya se produjeron”. Asimismo, se precisó que “para solicitar la Asignación, se deberá haber acreditado ante Anses el nacimiento, defunción o interrupción del embarazo de la asignación solicitada previamente”.