El juzgado de primera instancia en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó la medida cautelar autosatisfactiva que había iniciado la Universidad Nacional de Madres de Plaza de Mayo (UNMA) contra el Ministerio de Capital Humano.
La UNMA había solicitado que se ordene el cese automático de la retención de fondos y se proceda a la transferencia de más de 556.000 millones de pesos.
El magistrado consideró que la pretensión de la Universidad debe desestimarse porque no se ‘aprecian las circunstancias excepcionales necesarias para acceder al reclamo por no resultar suficientes sus afirmaciones’.
También confirmó que del planteo efectuado por de la UNMA no se verifica la verosimilitud en el derecho en forma patente y que no se vislumbra acabadamente la supuesta arbitrariedad que denuncia por parte de la Administración Pública.
El Estado Nacional cuestionó la legitimación de la rectora, Cristina Caamaño Iglesias Paiz, ya que la designación por la resolución Nº 2534/23 del exMinisterio de Educación, quedó sin efecto por la resolución Nº 45/24, emitida por el Ministerio de Capital Humano. Esto significa que la UNMA no tiene autorizada su puesta en marcha por la invalidez de la designación.