El ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo, finalmente precisó la nueva fórmula de aumentos permitida a siete de las principales prepagas, que por un reciente dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) deberán retrotraer sus cuotas a diciembre de 2023 y, por cinco meses, aplicar subas que no superen la inflación mensual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec.
Según detalló el Gobierno en un comunicado difundido ayer, “para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), se deberá aplicar un ajuste, como máximo, del 93,3% para la cuota de abril (es decir la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero). Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar, como máximo, un ajuste del 114,6% (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo)”
Yendo al detalle de ese cálculo, explican que el valor de cuota de referencia para los aumentos máximos “no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el IPC nivel general con cobertura nacional elaborado por el Indec vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023)”.
Por ejemplo -ejemplifica el comunicado- “si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1.933 (si se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2.146”. En tanto, “en el caso de las facturas previas al 17 de abril, el descuento se verá aplicado en la próxima factura”, suman.
Las entidades que deberán aplicar esta medida por cinco meses (a fines de abril, el Gobierno había dicho que serían seis meses) son Galeno, Hospital Británico, Hospital Alemán, Medifé, Swiss Medical, Omint y Osde.
El Gobierno insta a la población a denunciar al 0800-666-1518 en caso de que las empresas se nieguen a limitar el aumento.