El Gobierno nacional promulgó ayer la ley 27.375, sancionada el 5 de julio pasado por la Cámara de Diputados, que pone límites a las excarcelaciones o salidas transitorias para los condenados por delitos graves.

 
La norma, que modifica la ley 24.660 de Ejecución Penal, establece que aquellos que hayan cometido delitos violentos como homicidios agravados, violaciones y robos con arma, deberán cumplir la totalidad de la condena dentro de las cárceles. Según la nueva redacción del artículo 1º de la ley, ‘la ejecución de la pena privativa de libertad, en todas sus modalidades, tiene por finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad de respetar y comprender la ley, así como también la gravedad de sus actos y de la sanción impuesta, procurando su adecuada reinserción social, promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad, que será parte de la rehabilitación mediante el control directo e indirecto‘.