La elección en Córdoba tiene en sí misma relevancia política por el impacto que puede tener a nivel nacional. Sin embargo, uno de los datos característicos del acto eleccionario es la utilización de la denominada “Boleta única”, sistema que hizo su estreno en la Argentina en Santa Fe el 24 de julio pasado.
El sistema en cuestión es en la actualidad el utilizado por la mayoría de los países democráticos a nivel mundial, incluyendo a casi todos los países latinoamericanos (con excepción de Venezuela y Brasil que utilizan el sistema de voto electrónico; y Uruguay y Argentina, que conservan el de boletas tradicionales).
Su característica saliente, a la cual debe su nombre, resulta del hecho que todas las opciones electorales son presentadas a los electores en una única boleta. Hay dos variantes: la boleta única por categoría (la adoptada por la Provincia de Santa Fe), que contiene todas las postulaciones por cada una de las categorías de cargos a elegir, habiendo boletas distintas y diferenciadas por colores para cada postulación (vgr. gobernador-vice, diputados, intendentes, concejales, etc.). La otra (adoptada por la provincia de Córdoba) incluye a todas las categorías en la misma boleta. Contempla la información del cargo, partido, nombre del candidato e incluso puede llevar una foto para facilitar la identificación. Para efectuar el sufragio, el elector debe marcar la opción que decide para cada categoría.
A ello se agrega, en lo que constituye el aspecto de mayor impacto en la calidad del proceso electoral, que es el Estado -y ya no los partidos políticos- quien asume la responsabilidad del diseño, impresión y distribución de las boletas, las que por tanto sólo están disponibles exclusivamente el día y en los lugares de votación y no pueden ser legalmente extraídas de allí. De esa manera se garantiza a los votantes y a los candidatos que todas las opciones electorales estén presentes a la hora de votar.
Mediante este sistema se evita la práctica clientelar del voto en cadena y otras, también ilegítimas y violatorias de la voluntad popular, como el robo u ocultamiento de boletas o la confección ilegítima de boletas no oficiales, defectuosas, susceptibles de ser impugnadas al momento del escrutinio.
Además, otorga una mayor autonomía para decidir al votante, pues determina la necesidad de realizar un voto específico en cada uno de los cargos electivos, lo que implica necesariamente para cada uno de ellos una evaluación y decisión autónoma del elector. De esta manera, determinados cargos -en el caso de elecciones generales, por ejemplo el de diputados o concejales- ya no serán elegidos por el sólo hecho de “colgarse” de una candidatura conocida para gobernador.
Por todo esto, este sistema debe ser impulsado en forma decidida, siendo los obligados en primer lugar los representantes ya elegidos, que son los responsables de propiciar todos los cambios normativos que sean conducentes a procedimientos y/o mecanismos que hagan más transparentes y equitativos los procesos electorales. Es que en definitiva, de lo que se trata es precisamente de garantizar la democracia con más democracia.
