El presidente Alberto Fernández envió al Senado el proyecto de ley que tipifica y sanciona la compra-venta y la adopción ilegal de niños y adolescentes, con el propósito de incorporar esas figuras al Código Penal.

La iniciativa tipifica por primera vez estos delitos, establece penas que van entre los 5 y 15 años de prisión, prevé las mismas penas para intermediarios y ‘la inhabilitación por el doble del tiempo de la condena para quienes, en el ejercicio de su actividad, hayan participado en el delito’, según informó el Ministerio de Justicia que conduce Martín Soria.

‘La iniciativa viene a llenar un vacío legal muy importante en el derecho argentino, como es la ausencia de los delitos de compra y venta de niños. Además, se enmarca en la tradición de pleno compromiso de nuestro país con la vigencia de los derechos humanos en toda la región, y en particular con el cumplimiento de los fallos de la Corte Interamericana’, indicó el ministro Soria en un mensaje publicado en sus redes sociales.

Si se aprueba el proyecto, el Estado argentino dará cumplimiento a la obligación de adaptar las disposiciones de derecho interno a los estándares internacionales, establecida hace una década en el fallo ‘Fornerón’ de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH).

En ese fallo se remite al caso de Leonardo Fornerón, cuya hija había sido dada en adopción por la justicia entrerriana en 2005, pese a su oposición y luego de un proceso con numerosas irregularidades, iniciado en forma unilateral por la madre de la niña. Fornerón, a quien se le negaron las vías judiciales para resolver el conflicto, alegaba que la niña había sido ‘vendida’, lo cual no se investigó porque en nuestro país no existía un tipo penal que lo permitiera.

Los hechos del caso Fornerón, por los cuales el Estado argentino fue declarado responsable por la Corte-IDH, ‘dejaron en evidencia los desajustes del derecho interno respecto a los estándares internacionales en materia de garantías judiciales contempladas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos’, indicó la cartera de Justicia.

Y además se recordó que esta sentencia reflejó ‘el incumplimiento (del Estado argentino) del deber de adoptar disposiciones de derecho interno’.

La Corte-IDH dispuso en 2012 que ‘el Estado argentino debía adoptar las medidas necesarias para que la entrega de niños sea infracción penal’.

‘Luego de diez años, como consecuencia de un proceso que se inició en 2021, se envió al Presidente un anteproyecto este año que sirvió de base para la presentación realizada ante el Senado’, informó Justicia.

Los delitos se incorporan al artículo 67 del Código Penal, según el cual la prescripción ‘se suspende mientras la víctima sea menor de edad y hasta que, habiendo cumplido la mayoría de edad, formule por sí la denuncia o ratifique la formulada por sus representantes legales durante su minoría de edad’.