La Corte Suprema resolvió ayer que la medida cautelar de no innovar, que mantiene suspendida la cláusula de desinversión de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual para el Grupo Clarín, caducará el próximo 7 de diciembre. El Alto Tribunal recordó además que las cautelares no pueden sustituir la solución de fondo, ya que ‘es deber de la partes y del juez solucionar el conflicto de modo definitivo en un tiempo razonable y no buscar soluciones provisorias que se transformen en definitivas‘. Con un fallo unánime los jueces de la Corte rechazaron el pedido del Estado de ‘levantamiento de la medida cautelar‘, pero le pusieron fecha de vencimiento al amparo que impide la vigencia del artículo 161 (la llamada ‘cláusula de desinversión‘) de la Ley 26.522. El plazo para que los grupos informativos transfirieran los medios que excedan la regulación de ese artículo venció el 28 de diciembre del año pasado, pero en el caso de Clarín seguía sin aplicarse debido a la cautelar. En su fallo, la Corte determinó que el plazo de 36 meses que había dispuesto la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal ‘se cuenta a partir del 7 de diciembre de 2009 y vence el 7 de diciembre de 2012‘. También señaló que el plazo previsto en el artículo 161 ‘venció el día 28 de diciembre de 2011 conforme surge de la reglamentación de la Ley‘ y que, en consecuencia, ‘estando vencido el plazo legal y por efecto de la finalización de la cautelar, a partir del 7 de diciembre de 2012 vence la suspensión del artículo 161 de la Ley 26.522, con respecto a la actora (el Grupo Clarín)‘. Fuente. DyN.