Sobreseyeron a Adrián Suar, Florencia Peña, Luis Brandoni y Carlos Rottemberg por visitar a Alberto Fernández en la Quinta de Olivo en plena cuarentena. Así lo decidió el juez federal de San Isidro, Lino Mirabelli, el mismo que investiga la Fiesta en Olivos que se dio el año pasado para el cumpleaños de la primera dama.
También sobreseyeron al veterinario, Lautaro Romero, y al adiestrador de perros, Ariel Alonso Zapata, quienes habían ido a la residencia presidencial para atender a Dylan, la mascota de Alberto Fernández.
“Los elementos de juicio incorporados a este sumario indican que las conductas denunciadas contra Adrián Schwartz Kirzner, María Florencia Peña, Carlos Rottemberg, Adalberto Luis Brandoni, Ariel Alonso Zapata y Lautaro Romero, no han generado transgresión alguna a las normas extrapenales que regulaban la materia (art. 205 C.P.), ya que es razonable concluir que guardaban relación con las actividades antes detalladas, además de que habían sido convocados a dicho sitio por las autoridades superiores del gobierno nacional en ejercicio de sus funciones oficiales, tareas ambas que explícitamente los dispensaban de cumplir con el aislamiento (art. 6, inc. 2°, 9° y 11° del DNU 297/2020, sus prórrogas y complementarias)”, dice el fallo.
En la investigación se llegó a la conclusión que Adrián Suar había ingresado el 27 de abril de 2020 permaneciendo 45 minutos para reunirse con el presidente.
Por otro lado, la actriz Florencia Peña había ingresado a Olivos el 15 de mayo del 2020 a las 10:50, con destino a la “Jefatura”, visita que había sido autorizada por el Administrador General de la Residencia Presidencial, quien aclaró que “ingresó para mantener una reunión con el Sr. Presidente de la Nación”.
En el caso de Luis Brandoni y Carlos Rottemberg asistieron a la Residencia Presidencial de Olivos el 7 de junio de 2020 “para mantener reunión con el Sr. Presidente”.
“Se carece de indicio alguno que permita sugerir que las asistencias de los nombrados a la residencia oficial tenían objetos extraños a esa gama de actividades, o bien que insinúe que habrían sido convocados con motivos ajenos a las funciones e incumbencias propias de las autoridades del gobierno nacional”, determinó el juez luego de analizar las reuniones y las disposiciones vigentes en ese momento.
Y añadió en el fallo: cabe enfatizar que si el titular del P.E.N., como ‘responsable político de la administración general del país’ pretendía entrevistarse con dichas personalidades en cumplimiento de sus funciones oficiales, no podría adjudicársele a los asistentes una transgresión al art. 205 C.P., puesto que tales quehaceres eran concebidos como esenciales por las normas sanitarias vigentes y, consecuentemente, estaban expresamente dispensados del aislamiento”.
Con respecto al caso de la Fiesta en Olivos que se realizó el 14 de julio de 2020, donde se investiga el cumpleaños de la primera dama Fabiola Yáñez, hasta ahora solo hubo un acuerdo con la defensa de Carolina Marafioti, estilista de Fabiola. Carolina fue sobreseída luego de donar $200 mil al Hospital Provincial Petrona V. de Cordero de San Fernando.
Fuente: Los Andes