La comisión de Trabajo del Senado aprobó ayer modificaciones a la ley de contrato de trabajo para ampliar derechos con respecto a las licencias especiales para maternidad y paternidad de los empleados.
Acordaron unificar una treintena de proyectos de ley que incorporan beneficios a padres y madres trabajadores incluidos en la ley de contrato de Trabajo. La senadora del Frente de Todos por Catamarca, Inés Blas, autora del primero de los textos tratados, declaró que se trata de "un gran avance".
La iniciativa de su autoría modifica la ley 20744 sobre Régimen de Contrato de Trabajo. En el caso de nacimiento de hijo/a o guarda con fines de adopción, el texto determina que se equipararán los plazos a la licencia pos parto o pos guarda vigente en la ley.
La norma indica que "queda prohibido el trabajo del personal trabajador/a durante ciento cincuenta días (150) corridos por razones de maternidad/paternidad".
"La licencia quedará distribuida en dos etapas: a) Licencia pre parto o pre guarda: se contará a partir de las treinta y cuatro semanas de embarazo o a criterio del médico actuante, la que en ningún caso podrá ser inferior a veinte días a la fecha de parto o guarda con fines de adopción -salvo nacimiento pre término-, ni superior a 45 días".
En el caso de la licencia pos parto o pos guarda, se contará a partir de la fecha de parto o guarda con fines de adopción, y resultará de la ecuación resultante de restar los días de licencia pre parto o pre guarda, a los ciento cincuenta días corridos por maternidad/paternidad.