Una actualización de los requisitos de seguridad para viajar en el auto con los más chicos genera un sinfín de interrogantes. De acuerdo con la nueva la reglamentación de la ley nacional de tránsito, es obligatorio en todo el país el uso de la silla de seguridad para los menores de 10 años.

 

El decreto publicado el jueves pasado en el Boletín Oficial reemplaza, actualiza y reglamenta varios artículos de la ley 24.449. El argumento es que era necesario solucionar “vacíos normativos” desde el último decreto reglamentario de 1995.

 

 

 

 

En estos 22 años, uno de los incisos del artículo sobre los requisitos para circular con el automóvil indicaba que los menores de 10 años debían viajar “sujetos al asiento trasero con el correaje correspondiente”. Con esta modificación, deberán hacerlo, pero “con el sistema de retención infantil homologado al efecto, en relación con su peso y tamaño”. La cantidad de cinturones de seguridad y de apoyacabezas en los vehículos determina la cantidad de pasajeros que pueden viajar.

 

El año pasado, en nuestro país murieron 7213 personas en incidentes de tránsito, de acuerdo con la ONG Luchemos por la Vida. Un 6% tenían menos de nueve años.

 

 

Fuente: La Nación