La Cámara de Diputados convirtió en ley por 144 votos contra 6 y 31 abstenciones el proyecto que penaliza a empresas por delitos contra la administración pública con sanciones que van desde multas hasta la suspensión de la actividad y de la participación en licitaciones de Estado.
Con la sanción de la ley, Argentina cumple con el requisito de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), que pidió una norma que apunte a la arista empresaria de la corrupción, ya que el Código Penal contempla penas sólo para personas físicas, con que una compañía involucrada en ilícitos de esta índole podía seguir operando sin ninguna consecuencia.
La sanción se logró ayer luego de que los diputados aceptaran los cambios introducidos por el Senado al proyecto de ley de Responsabilidad Penal Empresaria al cosechar los votos favorables del interbloque Cambiemos, del bloque Justicialista, y del Frente Renovador.
El Frente para la Victoria que había votado en contra cuando se aprobó el proyecto en Diputados, ahora decidió abstenerse aunque la mayoría de los kirchneristas prefirieron retirarse del recinto de sesiones, mientras que la izquierda votó en contra de esta iniciativa.
El debate fue abierto por la presidenta de la comisión de Legislación Penal, Gabriela Burgos, quien destacó que la Argentina tenía una “mora de 16 años en aprobar un régimen penal contra las empresas que cometen delitos de corrupción” y recordó que nuestro país “se había comprometido a regular la persecución de los delitos cometidos por personas jurídicas”.
En tanto, el titular de la comisión Legislación General, Daniel Lipovetzky, reivindicó la sanción de esta ley porque “es un paso esencial en materia de lucha contra la corrupción” y reclamó al Senado la aprobación de la ley de extinción de dominio para “recuperar lo que se robaron”.
El diputado massista Juan Brugge consideró que la “ley no es tan buena ni tan mala pero tiene imperfecciones porque se le han sacado buenos institutos que tenía el proyecto votado en Diputados” y cuestionó de se “haya borrado del proyecto la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción”, al tiempo que pidió que el Senado apruebe el proyecto de extinción de dominio.
La diputada socialista Alicia Ciciliani indicó que “es un gran avance tener un cuerpo legal que le dé integridad a la lucha contra la corrupción” y destacó que el Senado “haya eliminado definitivamente el articulo 37 denominado Odebrecht”.
El proyecto establece penas que van desde multas hasta la suspensión de la actividad por un plazo máximo de diez años y de participar en las licitaciones convocadas con el Estado Nacional a aquellas empresas involucradas en delitos contra la administración pública.
Uno de los puntos centrales que reformó el Senado está referido al plazo para avanzar en un juicio por corrupción, establecido en seis años, con lo que eliminó el artículo que establecía la imprescriptibilidad de estos delitos, equiparándolos con los de lesa humanidad, además de limitar las causales por los cuales podían ser investigados funcionarios y empresarios.
Así, se estableció que se podrá realizar una investigación por los delitos de cohecho; tráfico de influencias nacional o transnacional; negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; concusión (exacciones ilegales); enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, y falsificación de balances.
De esta manera, las empresas serán responsables por esos delitos cuando “hubieren sido realizados, directa o indirectamente, con su intervención o en su nombre, interés o beneficio”, y quedarán exentas “sólo si la persona humana que cometió el delito hubiere actuado en su exclusivo beneficio y sin generar provecho alguno” para la compañía.
La multa para la compañía se establece en dos a cinco veces la ganancia que logre a partir de su conducta delictiva. La pena se irá incrementando hacia la suspensión parcial o total de la actividad, que no podrá exceder los diez años, la suspensión para participar de concursos de servicios públicos, también por diez años, y la disolución de la personería cuando hubiese sido creada al solo efecto de la comisión del delito.
Originarios: prorrogan freno a los desalojos
La Cámara de Diputados de Argentina aprobó ayer la prórroga por cuatro años de la ley que prohíbe los desalojos de los pueblos originarios y que obliga a relevar la posesión de los territorios, informaron fuentes oficiales.
El debate, que duró aproximadamente dos horas como informó en su sitio web la Cámara de Diputados argentina, culminó con 214 votos a favor de prorrogar la ley de emergencia de la propiedad indígena hasta el 23 de noviembre de 2021.
El pasado 27 de septiembre el Senado argentino ya había dado su aval a la iniciativa de prórroga, que restaba ser debatida y aprobada por la Cámara Baja. La ley, aprobada en 2006 y que desde entonces tuvo varias prórrogas, declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan aquellas comunidades indígenas inscritas en un registro oficial nacional.
En la sesión de ayer, el diputado Daniel Lipovetzky, dijo que quedan por relevar “más de un 70 %” de las tierras en las que viven “más de 30 pueblos indígenas, que representan entre el 2,4 y el 3 % de la población, organizados en 1.600 comunidades”.