El Poder Ejecutivo promulgó la ley que dispone el blanqueo de capitales no declarados en el país mediante la implementación de un bono, un pagaré y un certificado para financiar la industria petrolera, infraestructura y la actividad inmobiliaria y estableció tres meses para adherirse.

La promulgación de la ley 26.860 tiene fecha del viernes pasado, pero fue publicada ayer en el Boletín Oficial. A través del decreto 642/2013, se establece que el blanqueo tendrá vigencia por tres meses, pero que el Ejecutivo podrá prorrogarlo.

La norma autoriza al Ministerio de Economía a emitir el Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (BAADE) y el Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico, que ‘estarán denominados en dólares‘ y cuyos ‘fondos originados en la emisión a efectuarse serán destinados a la financiación de proyectos de inversión pública en sectores estratégicos, como infraestructura e hidrocarburos‘.

Asimismo, se autoriza al Banco Central a emitir el Certificado de Depósito para Inversión (CEDIN), ‘en dólares, constituyendo por sí mismo un medio idóneo para la cancelación de obligaciones de dar sumas de dinero en dólares estadounidenses‘.

En cuanto a la exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior, se indica que comprende ‘la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior al 30 de abril de 2013, inclusive‘. Para el caso de tenencia de moneda extranjera en el país, el blanqueo se realizará ‘mediante su depósito en entidades‘ financieras ‘dentro del plazo de tres meses calendario, contados a partir del mes inmediato siguiente de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la reglamentación‘, es decir hasta el 4 de setiembre. Quienes se acojan al blanqueo no estarán obligados a informar a la AFIP el origen de los fondos y quedarán liberados de acciones civiles, comerciales y de penal tributaria.