La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dejó de aceptar efectivo para cancelar obligaciones impositivas y recursos de la seguridad social. En su lugar, accederá a la transferencia electrónica de fondos a través de un conjunto de opciones. Para cancelar Ganancias de personas físicas y Bienes Personales -anticipos-, además de Autónomos categoría II y II’, se aceptará volante electrónico de pago -VEP, sólo para Internet, débito automático con tarjeta de crédito, débito en cuenta con cajero automático, débito directo en cuenta bancaria, pago con tarjeta de débito en entidades habilitadas y pago electrónico con tarjeta de crédito.
En cambio, para pagos de hasta $ 10 por cualquier concepto, Impuesto al Valor Agregado (IVA), seguridad social de los empleadores -excepto en el ámbito de las casas particulares- y Ganancias de personas físicas y Bienes Personales – declaraciones juradas -, se aceptará el VEP.