El Gobierno nacional formalizó ayer los requisitos para el retorno al trabajo presencial de los empleados estatales a partir del 1 de septiembre próximo, ante el avance del plan estratégico de vacunación contra la covid-19.
La medida se adoptó mediante la resolución 91/2021, publicada ayer en el Boletín Oficial, que comprende a todos los trabajadores de la Administración Pública Nacional.
Se señala en la norma que "serán convocables al retorno a la actividad laboral presencial los trabajadores que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas", independientemente de la edad y la condición de riesgo, luego de 14 días posteriores a la inoculación.
La modalidad de prestación de trabajo deberá ser notificada a cada agente por lo menos 72 horas hábiles antes de su efectivo cumplimiento, y quedan exceptuados de trabajo presencial sólo los empleados con inmunodeficiencias y personas gestantes. Los agentes que sean citados en forma fehaciente para realizar trabajo presencial y no lo cumplieren, "serán pasibles de las sanciones".
Podrá realizarse el trabajo remoto cuando sea necesaria la alternancia de la modalidad presencial. En estos casos se deberán contemplar "las situaciones de las madres, padres, encargados o tutores de niñas y niños de hasta 13 años inclusive, que asistan alternadamente a los establecimientos educativos".
La resolución alude además a los trabajadores que opten por no inocularse, quienes igualmente serán convocados al trabajo presencial, pero se les impone el "deber de actuar de buena fe, dirigiéndose al Departamento de Sanidad, a fin de obtener información sobre la vacuna en cuestión".
No obstante, y en el caso de "continuar con la decisión de no vacunarse, deberán firmar una nota con carácter de Declaración Jurada, expresando los motivos de su decisión y comprometiéndose a tomar todos los recaudos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar al normal desempeño del equipo de trabajo al cual pertenece", dice.
Télam
