El proyecto de ley sobre la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) se tratará hoy jueves 10 de diciembre en la Cámara de Diputados, donde se buscará que obtenga media sanción para luego pasar al Senado.

Para eso, el proyecto de ley deberá conseguir 129 votos de los 257 habilitados para obtener la media sanción. Desde el oficialismo confían en superar ese número con mayor amplitud de la que obtuvieron hace dos años y medio en el mismo recinto.

A continuación, los puntos clave del proyecto de aborto legal:

1- Objeción de conciencia

La modificación más importante fue que se incorporó ayer tras el tratamiento en las comisiones fue el de la objeción de conciencia institucional en el artículo 11. Con la incorporación de la objeción de conciencia institucional, los sanatorios privados que no quieran realizar abortos podrán negarse y no recibirán ninguna sanción. En este caso, las clínicas deberán prever y disponer la derivación a un lugar de similares características, donde se realice efectivamente la intervención. Esta inclusión de la objeción de conciencia institucional servirá para que no haya conflictos con clínicas muy identificadas con los diferentes credos.

2- Menores de entre 14 y 16 años

Otro de los artículos que sufrió retoques es el que establece respecto a los menores que pretendan interrumpir su embarazo una cláusula que remite al decreto 1282/03, “procurando la presencia de un adulto de referencia en el caso de los adolescentes menores de 14 años”. ¿Qué ocurrirá si tienen entre 14 y 16? Se resolverá por las reglas generales del artículo 26 del Código Civil y Comercial, es decir, dependerá de la evaluación del equipo de salud que atienda a la paciente. También sobre el plazo para realizar el aborto había disidencias pero se confirmó que será de 10 días.

3- Inclusión en el Programa Médico Obligatorio (PMO)

La inclusión de la práctica en el PMO (Programa Médico Obligatorio) es la única garantía de acceso igualitario y cumplimiento efectivo (cuando una práctica no está en el PMO la obra social o prepaga se puede negar a cubrirla). La inclusión en el PMO estaba contemplada en el proyecto de la Campaña.

También está contemplado en el nuevo proyecto, lo que supone que todas las obras sociales, sistemas de salud y prepagas deberán garantizar la práctica de manera gratuita y obligatoria en todo el país.

4- Asesorías o consejerías

El proyecto establece que, una vez realizada la solicitud de interrupción voluntaria del embarazo, el establecimiento debe garantizar información, atención integral previa y posterior que incluya un espacio de escucha y contención (…) “a quienes lo requieran”. Por tanto, habla de asesorías voluntarias y marca que “en ningún caso podrán ser obligatorios ni condición para la realización de la práctica”.

Una vez realizada la solicitud de interrupción voluntaria del embarazo, el establecimiento debe poner a disposición “información sobre el procedimiento que se llevará a cabo y los cuidados posteriores necesarios”, “atención integral de su salud a lo largo de todo el proceso” y acompañamiento pero “estos servicios no son obligatorios para la paciente ni condición para la realización de la práctica”.

5- Despenalización

El artículo 85 del Código Penal establece “reclusión o prisión de uno a cuatro años, para quien causare un aborto con consentimiento de la mujer”. 

El proyecto establece que “no es delito el aborto realizado con consentimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional”.