La justicia ordenó indemnizar a una mujer que sufrió quemaduras en sus piernas después de haber recibido tratamiento de depilación definitiva con "luz pulsada". Siendo así, recibirá más de 100 mil pesos. La justicia descartó los argumentos del centro médico que alegó que la mujer había prestado consentimiento y sabía que había riesgos.

 

Se trata de un hecho ocurrido en 2010 cuando la mujer, cuya identidad se mantiene en reserva, concurrió a un centro para una "depilación médica definitiva con luz pulsada (IPL)" que le produjo quemaduras de primer grado a lo largo y ancho de sus piernas.

 

Entre las peores consecuencias, la mujer "deberá evitar tomar sol de por vida y usar protección FPS 100 en el lugar donde tuvo las lesiones para no pigmentar la piel", dice el fallo explicando la gravedad de la situación.

El fallo fue dictado por la Sala D de la Cámara Civil, por los jueces Patricia Barbieri y Osvaldo Onofre Álvarez, quienes descartaron el argumento del instituto médico en relación a que la mujer había consentido la práctica depilatoria con los riesgos que podía implicar.

"El consentimiento informado no es una coartada que permite liberar al profesional de las consecuencias de los errores médicos provocados por culpa o dolo", dijeron los jueces en el fallo.

"Cuanto mayor sea el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas, mayor será la obligación que resulte de las consecuencias posibles de los hechos", dice el fallo.

Según la resolución publicada en el sitio eldial.com, la víctima recibirá una indemnización de 102.932 pesos, más sus intereses a contar desde el momento en que ocurrió el siniestro.