Susana Giménez le ganó a la AFIP el juicio por evasión de unos 50 millones de pesos en concepto de Impuesto sobre los Bienes Personales. Luego del accionar de sus abogados y contadores, la Justicia decidió cerrar la causa y la diva quedó liberada de cualquier pena.

“Nos encontramos frente a una ciudadana que no realizó ninguna conducta pasible de ser considerada engañosa o ardidosa en los estrictos términos que reclama la ley penal”, explicó el juez en lo penal y en lo económico Diego Amarante en la resolución. Y agregó: “Habiéndose limitado, en cambio, a canalizar su reclamo dirigido a morigerar la obligación tributaria, mediante la utilización de las herramientas legales adecuadas”.

Amarante aseguró que la conductora no negó en ningún momento su capacidad fiscal ni hizo artimañas para “desdibujarla”. “En el ejercicio de su derecho constitucional de peticionar a las autoridades (artículo 14 de la Constitución Nacional) ocurrió ante un órgano jurisdiccional, reclamando aquello que consideraba ajustado a derecho, y que desde su perspectiva influía directamente sobre la determinación que correspondía hacerse del impuesto en cuestión”, completó.

La denuncia

Según lo que había trascendió en agosto, la AFIP denunció a Susana Giménez porque supuestamente se negó a presentar la Declaración Jurada de Bienes Personales del año 2019, paso previo indispensable para pagar dicho impuesto.

Por ese motivo, la Administración Federal de Ingresos Públicos determinó que la diva adeudaba $50.000.000. Sin embargo, debido a las multas e intereses, se especulaba que la cifra podía crecer hasta $300 millones.

Vale aclarar que la diva sí respondió a los requerimientos previos (declaración jurada de patrimonio y otros trámites), pero se negó sistemáticamente a presentar la DDJJ de Bienes Personales, aduciendo que la reforma sancionada por el Congreso a fines de ese año es “confiscatoria”.

De esta manera, la celebridad solicitó una cautelar en el marco de una acción declarativa de inconstitucionalidad (JNCAF 10 – Expte 2254/21) por el incremento de la alícuota de BP 2019. Esta medida se rechazó por el juzgado, fue apelada y luego solicitó el desistimiento del recurso de apelación cuando se dicta la resolución de Determinación de oficio.

En el mismo expediente, la conductora presentó otra cautelar para que no ser denunciada penalmente, que fue rechazada en julio 2022 porque no se advertía, en principio, “arbitrariedad en el accionar de la Administración”.