La Corte Suprema de Justicia le dio un duro golpe del plan de ajuste de tarifas del Gobierno a declarar nulo -por la falta de audiencias públicas- el incremento de las tarifas de gas para los usuarios residenciales, que representan el 26 por ciento de la facturación total. Pero dio luz verde al aumento de hasta 500% para el resto de los usuarios, entre ellos comercios e industrias, clubes de barrio, etc de todo el.país.
Otro dato clave que se desprende del fallo de la Corte es que ordena al Estado mantener la tarifa social que beneficia a los sectores más vulnerables de la población.
Este fallo amenaza con complicar aún más las finanzas de la administración de Mauricio Macri que pretendía reducir los subsidios energéticos para recortar el elevado déficit fiscal a un 4,5% sin resignar inversiones para paliar la crisis energética ni frenar la obra pública. Ahora recibirá 25% menos de los fondos extras que había previsto.
Según cálculos del exsecretario de Energía de la Nación, Emilio Apud, este fallo implicará un gasto de unos 740 millones de dólares a las arcas del Estado en los primeros 10 meses de año. De todos modos, tras conocer la decisión judicial, el Gobierno informó que cumplirá con todos los requisitos que solicitó la Corte Suprema.
Así las cosas, las tarifas para los hogares se retrotraerán a precios del 31 de marzo (sin ningún aumento), por lo que, el Gobierno ya confirmó que hoy mismo convocará a audiencias públicas para retomar su plan de ajuste tarifario ya que la Corte Suprema le reconoció al Estado la potestad de fijar los precios de los servicios públicos. El contundente fallo de la Corte, que fue firmado de manera unánime por los cuatro jueces, establece que para la fijación del cuadro tarifario es “obligatoria” la realización de audiencias públicas, establecidas en la Constitución Nacional, que en este caso la Casa Rosada no había concretado.
Para los usuarios residenciales, “las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por las resoluciones. Para el resto de los usuarios, que representan el 74% del consumo de gas, es aplicable según el fallo de la Corte- el tarifazo. Los usuarios domiciliarios que hubieren pagado la tarifa que ahora fue dejada sin efecto tendrán derecho a la devolución de la diferencia mediante una nota de crédito.
El fallo sostiene que hay tres etapas en relación con la tarifa: el “ingreso al sistema de transporte del gas” (boca de pozo), el transporte y la distribución. Para el cuadro tarifario en el transporte y la distribución es obligatoria, por imperio de la Constitución y las leyes, la audiencia pública, porque “son fijados monopólicamente”.
En cambio esa obligación no está contemplada en la legislación para el “precio de ingreso al sistema de transportes” (PISG), comúnmente llamado “precio en boca de pozo”, porque es considerada una “actividad económicamente desregulada y no fue calificada como servicio público”, es decir que está sujeta a las fluctuaciones del mercado. Desde la ley de “emergencia económica”, dictada en 2002, hasta la actualidad, en el que el Ministerio de Energía fijó discrecionalmente el valor del gas en boca de pozo. En consecuencia, hoy también debería haber audiencia pública para discutir el incremento de la tarifa de gas en este ítem.
De hecho, el jefe de Gabinete, Marcos Peña, confirmó que el Gobierno incluirá el las audiencias públicas el valor del gas en boca de pozo y que dictaminará un valor inferior al costo real de mercado ya que el precio internacional es en dólares e impacta fuertemente en el costo final de las tarifas.
Sobre los grandes usuarios, el criterio es que no forman parte de “sectores vulnerables” puesto que pueden trasladar el incremento de sus costos en la cadena de consumo. Para obtener una medida que les frenara el tarifazo debería iniciar una acción judicial en primera instancia y recorrer todo el espinel judicial hasta la Corte, donde el pronóstico es altamente negativo. La Corte ya decidió que paguen el incremento, y lo hizo porque el reclamo contra el tarifazo lo hicieron entidades de usuarios, y no conglomerados que representen a los grandes consumidores.

