La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró ayer inconstitucional cobrar el Impuesto a las Ganancias a un jubilado. Además, resolvió ‘poner en conocimiento del Congreso la necesidad de adoptar un tratamiento diferenciado para la tutela‘ de aquellos que están ‘en condiciones de vulnerabilidad por ancianidad o enfermedad’.
Así se expidió en el caso particular de María Isabel García, pero el dictamen se proyecta a cientos de causas que por el mismo motivo se tramitan ante el máximo tribunal del país e instancias inferiores. También impacta sobre cientos de miles de casos de jubilados que por superar un haber mensual de $62.462,22 pagan Ganancias.
Fuentes del Ministerio de Hacienda recordaron que la reforma de la ley de Ganancias de 2016 restringió el pago del tributo a aquellos jubilados y pensionados que ganen más de seis jubilaciones mínimas. Hoy, deben pagar quienes perciban más de $62.462,22.
Además de declarar la inconstitucionalidad del impuesto, la Corte reclamó una reforma de ley que exima a estos ‘grupos vulnerables (los jubilados)‘ del pago de Ganancias. El caso particular de la jubilada García sirve de precedente para facilitar las demandas activas de centenares de jubilados y puede desembocar en un cambio definitivo de legislación en este aspecto.
El impacto del fallo sobre el resto de los jubilados tendrá distintos pasos. Primero, por supuesto, beneficiará a García, a quien no sólo dejarán de descontarle Ganancias, sino que deberán devolverle lo que le sacaron antes. Luego, la decisión se extendería a otros casos ‘análogos’ que ya están en la Justicia; muchos, incluso, en la Corte. Ese universo sería de unos 2.000 jubilados más. Y a mediano plazo, si el Congreso sanciona una ley como le pide el Máximo Tribunal, el alcance podría llegar a los cerca de 300 mil jubilados a los que les descuentan el impuesto. Mientras, los que no están alcanzados tendrán dos opciones: hacer juicio o esperar la nueva norma. Es decir, que el Congreso nacional haga caso a la Corte y dicte una ley que exima a las jubilaciones de este impuesto, debiendo reintegrarse al demandante los montos retenidos desde la interposición del reclamo.
La mayoría de los ministros de la Corte ordenó devolver a la jubilada, una exdiputada nacional por Entre Ríos y docente, el dinero que se le retuvo por Ganancias desde que promovió la demanda, en 2015, cuando tenía 79 años, además de cesar el cobro del impuesto.
Los ministros de la Corte Elena Highton de Nolasco, Juan Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rossatti votaron por confirmar las sentencias de primera y segunda instancia favorables a García.
El presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, votó en disidencia, a favor de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Detalló que ‘de acuerdo con las estadísticas oficiales, esta cifra ($62.462,22) es más de cuatro veces superior al haber medio jubilatorio del país y sólo es percibida por menos del 10% de los jubilados del Sistema Integrado Previsional de Argentina’.
El argumento del fisco para cobrar Ganancias a jubilados con haberes elevados se basa en que estos se encuentran en mejor situación que la mayoría. Cuando promovió la demanda, García cobraba un haber de $5.000, monto 15 veces superior al promedio del país. Para la mayoría de los jueces supremos, ‘el envejecimiento y la discapacidad (los motivos más comunes por las que se accede al status de jubilado) son causas determinantes de vulnerabilidad, (lo que) obliga a los concernidos a contar con mayores recursos para no ver comprometida su calidad de vida’. La sentencia es de aplicación inmediata a García, que afirmó que padecía problemas de salud y que los descuentos llegaban a 31%. Según el abogado de García, esta sanción beneficiará a la afectada con $12.000 mensuales más. Télam