El proyecto de ley del Poder Ejecutivo para garantizar la igualdad salarial y la inserción de la mujer en el ámbito laboral, y que busca ampliar las licencias por maternidad y adopción e incorpora la licencia por fertilización asistida y por violencia de género, ingresó ayer a la Cámara de Diputados.
La decisión de enviar el proyecto al Congreso fue anunciada la semana pasada por el presidente Mauricio Macri en el marco del Día Internacional de la Mujer, donde ratificó su “compromiso absoluto” para “lograr el salario igualitario”.
La iniciativa propone, entre otras cuestiones, que el trabajador “cualquiera sea su género gozará de 15 días corridos por nacimiento o adopción de hijo, y ésta podrá extenderse por 10 días más en caso de nacimiento o adopción múltiple”, a la vez que establece que “estos plazos aplicarán tanto para el trabajador como para la trabajadora que no haya gestado al hijo”.
A través del proyecto se busca ampliar, además, la licencia por fallecimiento de hijo de tres a 10 días corridos y se incorporan licencias por “someterse a técnicas y procedimientos de reproducción médicamente asistida (cinco días corridos por año) y por violencia de género (10 días corridos por año), entre otras.
Con el fin de establecer “la equidad de género y la igualdad de oportunidades en todos los aspectos de la vida laboral”, el proyecto afirma que “los trabajadores cualquiera sea su género tendrán iguales derechos en todo lo relativo a su acceso al empleo, a su selección y contratación, a sus condiciones de prestación, a su desarrollo o evolución en la carrera dentro de la empresa”. Además, se establece que “los contratos individuales, las convenciones colectivas de trabajo y las reglamentaciones autorizadas no podrán establecer ningún tipo de discriminación en el empleo, fundada en el género o en el estado civil de quienes trabajan”.
También propone a sindicatos el reparto igualitario de cargos.
En tanto, se busca la modificación del artículo 173 de la Ley de Contrato de Trabajo a fin de establecer “la igualdad salarial estricta”, al señalar que “en los contratos individuales, convenciones colectivas de trabajo, reglamentaciones y todo acto por el cual se fijen o estipulen salarios, se garantizará la plena observancia de la igualdad de género en la aplicación del principio constitucional de igual remuneración por igual tarea”. Asimismo, el proyecto del Poder Ejecutivo establece que “los empleadores, a nivel individual o a través de las entidades representativas de su actividad, deberán elaborar o adherir a un código de conducta relativo a las medidas adoptadas para garantizar el respeto a la igualdad de género en el interior de la empresa”.
En tanto, el proyecto establece que el empleador deberá respetar el cargo de la mujer que fue madre, al proponer que deberá reincorporarse a su puesto “en las mismas condiciones que lo venía haciendo o reintegrarse en otro cargo o empleo de igual categoría con una reducción de la jornada normal de trabajo y en la misma proporción de su remuneración, en ambos casos, de común acuerdo con su empleador y por un plazo no superior a los seis meses”.
Establece también que los trabajadores cualquiera sea su género, que tengan a su cargo niños o niñas de hasta 4 años podrán programar y acordar con el empleador “una reducción transitoria de su jornada laboral para el cuidado de los mismos, percibiendo la correspondiente remuneración proporcional a ese tiempo de trabajo”.