Los presos no podrán cobrar el IFE: "Las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no están alcanzadas por las previsiones del Decreto N° 310/2020 y su modificatorio, por no reunir la calidad de destinatarios establecida en su artículo 2°".
Nueva forma de contemplar al grupo familiar: "Cuando el o la solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia registrado en la Anses sea igual al domicilio de sus padres registrado en dicho organismo, el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el presente".
Evaluación patrimonial: "La Anses, requerirá a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) la realización de la evaluación socioeconómica y patrimonial a fin de determinar la pertinencia de cada solicitud".