Con argumentos tan falaces como "evitar violaciones", "que no se indisponga más", "las discapacidades son heredables" o "no pueden cuidar a nadie", a lo largo de la historia muchas mujeres con discapacidad fueron esterilizadas sin su consentimiento, situación a la que busca poner fin una ley de reciente sanción, la cual es pionera en la región.
"Con esta ley, Argentina es el primer país latino en prohibir específicamente las esterilizaciones forzadas de personas con discapacidad (PCD)", dijo la exdiputada nacional e integrante de la comisión directiva de la Red de Personas con Discapacidad (REDI), Gabriela Troiano.
"Es un avance histórico, porque implica adecuar la normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que tiene rango constitucional", aportó Elsa Schvartzman de la asociación FUSA, que promueve los derechos reproductivos.
Es que hasta la reforma aprobada el pasado 9 de diciembre, la Ley 26.130 permitía que las PCD fueran sometidas a ligaduras de trompas o vasectomías sin su autorización, a pedido de sus familias o representantes legales, lo que según las organizaciones de derechos humanos, "resultaba violatoria de su derecho a la salud y a la igualdad".
La nueva redacción establece que todas esas personas, sin excepción, tienen derecho a brindar su consentimiento informado para estas intervenciones, como también a recibir información en formatos accesibles (lengua de señas, sistema Braille, lenguaje claro).
La directora adjunta programática de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Celeste Fernández, explicó que la ley anterior requería el consentimiento informado de la persona que se fuera a someter a estas prácticas, "salvo las que tenían restricción de la capacidad jurídica" por una discapacidad cognitiva o psicosocial.
"En estos casos no se les preguntaba, sino que se consideraba que era suficiente con una solicitud del representante legal y la autorización del juez", agregó. Luego "había toda una serie de prácticas que si bien no estaban permitidas por la ley, esta tampoco evitaba y que se daban en el marco de la informalidad, cuando la familia de PCD junto a los equipos médicos decidía (una esterilización) sin intervención de la justicia y sin que hubiera restricción de la capacidad", agregó.
En cambio ahora "en el único caso en que una PCD puede ser esterilizada es cuando ella lo solicite habiendo recibido toda la información que corresponde en formato accesible" para adoptar esa decisión.
La modificación de esta norma ya había sido recomendada en 2012 por Naciones Unidas, que manifestó "su preocupación por la existencia de prácticas de esterilización sin su consentimiento libre e informado" en Argentina.
Es que en virtud de este tratado internacional con jerarquía constitucional, los Estados deben asegurar que estas personas puedan decidir libremente el número de hijos que quieren tener.
A partir de esta recomendación, Troiano presentó en 2016 el primer proyecto para modificar la Ley 26.130.
La exlegisladora explicó que "al año siguiente una mujer sorda denunció que al iniciar un tratamiento de fertilidad, descubrió que le habían ligado las trompas a los 15 años".
Ocho organizaciones iniciaron la campaña "Basta de Esterilizaciones Forzadas" y este reclamo fue recogido por la diputada Lucila Masin, que volvió a presentar el proyecto que finalmente se aprobó. Como docente de un taller, el marplatense Marcelo Gil recordó "el caso de una chica que había tenido una serie de hechos que a la familia le parecieron alarmantes en cuanto a su sexualidad y entonces ponen como condición la ligadura de trompas para tener novio". Télam

