La Cámara de Senadores de la Nación aprobó durante la madrugada de este sábado, el proyecto de Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, tras 12 horas de debate. Fue el debut de Cristina Kirchner como presidenta en el recinto.
La normativa contempla una serie de cambios en las facultades que tiene el Poder Ejecutivo para administrar el Estado en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
Entre sus puntos más salientes, se destacan la suspensión de la movilidad jubilatoria por seis meses, una suba en las retenciones al agro y se grava la compra y los gastos en dólares en el exterior.
El proyecto fue aprobado con 41 votos afirmativos, 23 negativos y una abstención.
El debate comenzó a las 16:20, pero luego fue suspendido durante dos horas a pedido del interbloque opositor de Juntos por el Cambio para estudiar más detenidamente el expediente que había ingresado a la Secretaría Parlamentaria del Senado media hora antes.
Sin embargo, los senadores pasaron a aprobar otros proyectos de Ley incluidos en el régimen de sesiones extraordinarias enviados por el Poder Ejecutivo, por lo que el cuarto intermedio arrancó poco después de las 17:30.
Recién a las 19 el oficialismo logró el quórum para reiniciar la sesión y los dos tercios necesarios para debatir el asunto sobre tablas, para lo cual colaboró la oposición que no se opuso.
Las claves de la ley de emergencia
La ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva contempla la declaración de la emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2020, para aplicar medidas ante la crisis económica y social y sentar las bases para promover el desarrollo productivo.
Los principales ejes son la creación de un impuesto a la compra de dólares para turismo o atesoramiento, aumento de alícuotas del impuesto a los bienes personales, moratoria para las pymes, congelamiento y revisión de las tarifas, suba en los derechos de exportación de granos y oleaginosas (retenciones), y la suspensión de la movilidad jubilatoria.
Se eximen de esta medida a las víctimas de la Ley Brisa, judiciales, docentes, exfuncionarios nacionales y científicos ya que ambos grupos tienen sistemas que garantizan un determinado ingreso con relación a los activos.