El Gobierno nacional reglamentó los cambios en el Impuesto a las Ganancias por los que los sueldos de menos de $150.000 brutos mensuales dejan de estar alcanzados por el gravamen.
A través del decreto N° 336, publicado este martes en el Boletín Oficial, se fijaron las pautas pero dejó a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos Ingresos Públicos (AFIP) los detalles sobre la implementación de la reforma.
La norma ratificó que el régimen es retroactivo al 1° de enero pasado y que habrá una devolución de los montos retenidos desde ese momento.
De este modo, la AFIP establecerá con una resolución desde cuándo se cobra el impuesto con el nuevo piso y las deducciones agregadas, las alícuotas especiales para los sueldos de entre $150.000 y $175.000, así como los detalles del reintegro desde inicio del año.
Según adelantó el presidente Alberto Fernández, esa devolución se realizará a partir de julio y en cinco cuotas mensuales.
En tanto, se fijó que los jubilados con ingresos de hasta ocho haberes mínimos tampoco estarán alcanzados. Además, establece que el aguinaldo queda exento del cálculo de Ganancias y suma nuevas deducciones como horas extra, los gastos en indumentaria, las erogaciones por concubino o concubina, el costo de guardería o del jardín materno-infantil para los contribuyentes con hijos de hasta tres años de edad, los gastos educativos y una doble deducción por hijos e hijastros con discapacidad.
Fuente: TN