La Corte Suprema de Justicia resolvió que el Estado nacional debe financiar el costo de una boleta por elector, para cada uno de los precandidatos que compiten en un mismo partido político en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) presidenciales. Así lo decidió el máximo tribunal, por mayoría, ante la acción de amparo promovida por la Alianza UNEN.

La Alianza calificó de “manifiestamente ilegal” la decisión de la autoridad estatal de asignar el monto que únicamente cubre el costo de una boleta por elector, pues, al establecerse esa restricción, las listas de la alianza no participan en condiciones de de igualdad con las nóminas de precandidatos de las demás agrupaciones políticas que sólo presentan una lista.

Con la firma del presidente Ricardo Lorenzetti y los ministros Elena Highton y Juan Carlos Maqueda y la disidencia de Carlos Fayt, la Corte rechazó el recurso que el Ministerio del Interior de la Nación había presentado contra el fallo que aceptó la demanda promovida por el distrito Capital de la Alianza UNEN.

“El artículo 32, párrafo segundo de la Ley 26.571, debe ser interpretado en el sentido de que habilita, a las agrupaciones políticas a percibir el importe correspondiente a una boleta por elector para cada lista de precandidatos que oficialicen para participar en las elecciones primarias”, afirmó la mayoría. El voto que prevaleció ponderó “la efectiva vigencia del principio democrático de la representatividad popular” y “fortalecer y profundizar la participación ciudadana en la selección de los candidatos de cada partido para las elecciones generales”.