La Cámara Federal de Paraná declaró inconstitucionales el viernes los aumentos por decreto a los jubilados dispuestos durante todo 2020 por el presidente Alberto Fernández tras suspender la fórmula de Movilidad Jubilatoria de 2017. El argumento de los jueces fue que este reajuste fue inferior entre 6% y 17% al que hubiera resultado si se aplicaba la fórmula de movilidad suspendida. Ahora, el Ejecutivo nacional envió al Congreso el proyecto de ley para tener una nueva fórmula que combina el 50% de subas salariales y el 50% de recaudación. Sin embargo, este proyecto consuma otro golpe al bolsillos de los jubilados: Es que el aumento de 5% anunciado la semana pasada, a cobrarse con el mes de diciembre, es sólo una suba a cuenta del reajuste que deberá otorgarse en marzo con la nueva fórmula ya que esa modalidad contempla dos aumentos semestrales y no aumentos trimestrales como venía dándose desde 2007.
Es decir, que este 5% es sólo un adelanto a cuenta de futuros aumentos que en este caso empalmará con el reajuste de marzo. Si en marzo correspondiera, por ejemplo, un aumento del 10%, lo que percibirían en marzo los jubilados sería sólo el 5% para completar ese 10%.
Fuentes oficiales explicaron que para sostener el poder adquisitivo de los jubilados es que se dio por decreto el aumento del 5% en diciembre para empalmar con la suba que surgirá en marzo con la nueva fórmula.
Concretamente la nueva fórmula de movilidad explica que como hay una superposición de períodos, el proyecto de ley establece que el aumento trimestral ya otorgado en el mes de diciembre 2020, sea considerado dentro del cálculo semestral que se realizará para el mes de marzo 2021. Puntualmente, el artículo 6 sostiene que "el coeficiente por movilidad previsto en el artículo 1º de la presente ley que se determine para el mes de marzo de 2021, estará dado por el resultante diferencial entre el porcentual que arroje la aplicación de la fórmula que se aprueba para el incremento y el correspondiente a diciembre de 2020 que dispuso el Poder Ejecutivo Nacional, de conformidad con el artículo 55 de la Ley Nº 27.541".
Hay que recordar que en el marco de la emergencia dictada por la ley 27.541 de Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva es que se suspendió la fórmula trimestral de Mauricio Macri y durante 2020 se otorgaron, a través de decretos presidenciales, aumentos trimestrales en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre.
El proyecto de movilidad de Alberto Fernández,que entró al Senado la noche del viernes, impulsa el sistema de ajuste de las jubilaciones que estuvo vigente en el Gobierno de Cristina Kirchner, con un aumento semestral mediante una fórmula consistente en un mix de índices de evolución de los salarios (50%) y de la recaudación (50%).
Lo que diferencia a estos dos fórmulas es que la de Alberto le pone un techo a los aumentos ya que de los dos índices (salario y recaudación) tomará la cifra menor.
El proyecto enviado ahora por el Poder Ejecutivo comenzará a ser debatido la semana próxima en comisiones y llegaría al recinto virtual de la Cámara alta en la segunda semana de diciembre, para lograr su sanción antes de fin de año, estimaron fuentes parlamentarias citadas por Télam.
En el mensaje del Poder Ejecutivo al Congreso que acompaña el proyecto, se señala que "a fin de hacer más justo, equitativo y sostenible el sistema, se propone modificar la periodicidad de la aplicación del índice de actualización de las remuneraciones, insumo necesario para el cálculo del haber inicial de los jubilados y pensionados".
La mínima a $19.035
El miércoles 18 de noviembre, el Gobierno anunció un aumento del 5% para los haberes jubilatorios y asignaciones en diciembre, por lo que la jubilación mínima quedará en los $19.035. El aumento alcanzará, en total, a 7,1 millones de jubilados y a 8,8 millones de jóvenes que reciben asignaciones universales.