Tras una extensa reunión que mantuvieron representantes del Gobierno y técnicos de las cámaras empresarias y los gremios esta mañana en la sede de la cartera laboral de la Avenida Callao, finalmente hubo consenso en torno a la letra chica del decreto que obligará al sector privado a pagar una “compensación salarial” de $ 5.000 durante el mes de octubre. ¿Qué dice la norma que saldrá publicada mañana en el Boletín Oficial?

En el artículo 1º, se establece una “asignación no remunerativa para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado que ascenderá a la suma de $5.000, la cual se abonará en octubre de 2019, o en los plazos, cuotas o condiciones que establezcan las partes signatarias de los convenios colectivos”. Es decir que las empresas deberán pagar este bono para todos los empleados, no sólo los que se encuentran bajo convenio colectivo, pero da la posibilidad de que en los sectores más complicados puedan negociar con sus respectivos sindicatos la forma de pago. Según dijeron fuentes de la Cámara Argentina de Comercio (CAC), si bien el pago de la compensación será obligatoria, “fue un logro incorporar la posibilidad de poder discutirlo en el marco de la paritaria”.

Desde la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) valoraron esta posibilidad e insistieron en la necesidad de que por lo menos el pago pueda negociarse en 5 cuotas. La realidad es que el convenio colectivo de comercio estableció cuatro cuotas a pagarse en mayo, junio, julio y agosto, y sumas fijas con ajuste bimestral que comenzaron a regir en septiembre. El objetivo del sector empresario será distribuir los $5.000 entre las cuotas que quedan hasta enero y luego analizar, en la revisión prevista para ese mes, cómo termina definido el aumento respecto de la inflación del año.

El artículo 2º del decreto establece que si la jornada laboral es reducida, la compensación salarial será proporcional a esa cantidad de horas trabajadas. El 3º, en tanto, plantea que la suma de $5.000 se compensará en las próximas revisiones salariales y que los empleadores que hubieran otorgado unilateralmente un bono luego del 12 de agosto (es decir, a raíz del impacto devaluatorio) podrán ser compensados. “Me parece que había una necesidad de construir un puente, ya que si bien todas las paritarias se firmaron con cláusula de revisión, muchas empezaban en noviembre. Los trabajadores no podían esperar hasta noviembre”, señaló el ministro Sica.

Por último, el artículo 4º afirma que están excluidos de esta compensación los trabajadores del sector público nacional, provincial y municipal, así como también los del sector agrario y los de casas particulares, es decir, el personal doméstico.

Terminaron de definir la letra chica del decreto, además de los técnicos de gremios y cámaras empresarias, el secretario de Comercio Interior, Ignacio Werner, y la directora nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, Adriana Marcello.

“Es difícil si lo hacen por decreto. Los aumentos se establecen por convenio colectivo. Los salarios de la construcción están ajustados por inflación, por lo que no creo que puedan pagarlo”, había asegurado ayer, en declaraciones a radio Led el titular la Cámara Argentina de la Construcción (Camarco), Julio Crivelli.

El presidente de la UIA, Miguel Acevedo, también fue contundente respecto de este bono: “Las empresas que no pueden pagar, no van a pagar. Hay muchas firmas en el interior del país que hoy están suspendiendo personal o tratando de hacer acuerdos. Hay mucha negociación para tratar de mantener los empleos y mucha gente que está ajustando”, señaló hoy en declaraciones radiales.

 

Fuente: Infobae