El Gobierno de Alberto Fernández publicó en el Boletín Oficial la reglamentación de la Ley de Emergencia Económica con los nuevos valores de varios impuestos. En ella se advierte en detalle el alcance del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS). 

El impuesto aplica un 30% de recargo a todas las operaciones que impliquen la adquisición de moneda extranjera. Entre ellas, compra de dólares para atesoramiento y la compra de bienes y servicios, incluyendo la compra de pasajes al exterior, cualquiera sea su medio de pago.

En el caso de servicios digitales en moneda extranjera (gravados por el IVA), la alícuota será del de 8%. Un ejemplo de estos casos son las plataformas de música y series.

Las excepciones en las que no se aplica el impuesto PAIS son:

– Adquisición de pasajes por vía terrestres con destino a países limítrofes.

– Gastos referidos a prestaciones de salud.

– Compra de medicamentos.

– Adquisición de libros en cualquier formato.

– Utilización de plataformas educativas.

– Software con fines Educativos.

– Gastos asociados a proyectos de investigación, desarrollados por investigadores en el ámbito del Estado, universidades e instituciones que integran el sistema universitario Argentino.

– Además, no se aplica el impuesto cuando el pago de las operaciones se realiza con moneda extranjera utilizando la que se tuviera en existencia.