En diciembre de 2020 se había presentado ante el juzgado de Ariel Lijo un estudio sobre el acuerdo que en 2016 aceptó el Estado nacional para que la empresa Correo Argentino S.A. saldara su deuda concursal. Lo había producido la Dirección de Asistencia a la Justicia en Delitos Complejos y Crimen Organizado (Dajudeco) que depende de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y es dirigida por Juan Tomás Rodríguez Ponte.
Ese estudio confirmaba lo que había manifestado la fiscal ante la Cámara Comercial Gabriela Boquín, quien impugnó aquel convenio por considerarlo “abusivo”. El informe de la Dajudeco, cuyo contenido fue revelado por Infobae en febrero pasado, había concluido que -luego de haber hecho 126 combinaciones posibles de diferentes tasas de interés y coeficientes de ajustes para calcular la actualización del crédito que había verificado el Estado- en todos los casos la quita era de al menos el 92%.
La defensas de los imputados plantearon sus desacuerdos con el estudio y el juez Lijo trasladó en mayo pasado esos cuestionamientos a la Dajudeco que la semana pasada envió las respuestas al juzgado. Según pudo confirmar Infobae en fuentes judiciales, el informe ratifica lo dicho con anterioridad: que la propuesta de pago hecha por Correo Argentino en 2016 planteaba una quita de al menos 90%.
En junio de 2016 el Correo Argentino propuso en la justicia comercial un acuerdo por la deuda que fue aceptado por el Estado nacional: por aquel entonces Mauricio Macri era el presidente de la Nación. La fiscal Boquín se opuso a lo presentado por el Correo-perteneciente a la familia Macri- porque interpretó que era perjudicial para el Estado. Ese acuerdo jamás se concretó. El dictamen a partir del que Boquín pidió que se rechazara el acuerdo fue el origen de varias denuncias penales. Una de ellas fue presentada por la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, la fiscalía especializada en casos de corrupción que encabeza Sergio Rodríguez. De aquella denuncia derivó la causa judicial a cargo de Lijo quien llamó a indagatoria a varios imputados.
En marzo de 2019 fue indagado por Lijo Oscar Aguad, quien era ministro de Comunicaciones de Macri -luego fue ministro de Defensa- cuando se cerró el acuerdo que finalmente no se concretó. También fueron indagados Juan Manuel Mocoroa, encargado de Legales del Ministerio de Comunicaciones, el presidente del directorio de Correo Argentino, Jaime Cibils Robirosa, y el representante legal de la empresa, Jaime Leonardo Kleidermacher. Los cuatro negaron haber cometido delito.
Al momento de pedir la indagatoria, el fiscal federal Gerardo Pollicita había señalado que “la maniobra a través de la cual, el entonces Ministro de Comunicaciones de la Nación, Oscar Aguad, teniendo asignado dentro del ámbito de su competencia el cuidado del patrimonio público consistente en el crédito por $296.205.376 que el Estado Nacional verificó en el expediente concursal n° 94.360/01 en contra de la firma Correo Argentino S.A., omitió obrar con la lealtad y la diligencia de un buen hombre de negocios, conforme lo exigía la normativa que regulaba su accionar y los precedentes jurisprudenciales en materia comercial, obligando a la administración pública a aceptar una quita abusiva de su crédito ocasionando un ilegítimo beneficio a la empresa involucrada, contando para ello con el aporte necesario de Juan Manuel Mocoroa, Jaime Cibils Robirosa y Jaime Leonardo Kleidermacher”. Juan Pedro Zoni, que fue el fiscal original del caso había imputado a Macri en la investigación. El ex presidente no fue llamado a declarar en indagatoria.
En la causa penal en la que se presentó la ampliación del informe de la Dajudeco se tratan de determinar responsabilidades penales de los ex funcionarios y de los integrantes de Correo Argentino que participaron de la negociación que fue impugnada por Boquín. En tanto en el juzgado en lo Comercial a cargo de Marta Cirulli, a cargo de la causa por el concurso, se decretó la quiebra de Correo Argentino S.A., además se dispuso la inhibición general de la compañía y el embargo de todas sus cuentas, y que la firma, “sus apoderados y terceros” entreguen o pongan a disposición del síndico de la compañía “la totalidad de los bienes de la deudora”.
La deuda original del Grupo Macri por el canon del Correo Argentino al momento de rescisión del contrato por parte del gobierno de Néstor Kirchner era de 296 millones de pesos. En el informe técnico -que se amplió la semana pasada-se analizaron todas las propuestas de pago que hizo el Correo ante la justicia comercial entre 2003 y 2015. Esas propuestas habían sido rechazadas por el Estado nacional que es el principal acreedor del Correo. El análisis hecho por la Dajudeco abarcó especialmente el aspecto económico-financiero del acuerdo. En diciembre de 2020 los expertos de la Dajudeco respondieron a la pregunta clave de la causa penal: cuál era la quita que se le hizo a la empresa Correo en la propuesta. Para llegar a la conclusión se tuvieron en cuenta la cantidad de cuotas a abonar y el monto de cada una de ellas. De esa manera llegaron a la conclusión que en ninguno de los escenarios planteados la quita era menor al 90%. fueron las variables tomadas por los expertos para realizar el cálculo del porcentaje de quita.
La fiscal Boquín había llegado a una conclusión similar que había ubicado el porcentaje de quita alrededor del 99%. “Así, de convalidarse la conformidad prestada por el Estado Nacional, éste resignaría sustancialmente el crédito debido por la concursada, aceptando la cancelación del mismo con la percepción de un valor insignificante en términos de valor presente”, había dicho Boquín cuando se opuso a la aceptación del acuerdo. La fiscal había dicho que la propuesta aceptada “es abusiva, implica perjuicio fiscal y su irregular aceptación perjudica gravemente el patrimonio del Estado Nacional” y que la aceptación implica “reducir el crédito del Estado Nacional a una suma inadmisible”, por “resultar equiparable a una condonación de la deuda”.
Lijo aún no resolvió la situación procesal de los imputados. La ratificación de los resultados del informe de la Dajudeco que reafirma que el acuerdo nunca homologado fue perjudicial para el Estado, puede acelerar los tiempos de la causa y derivar en la ampliación de la lista de imputados que ya fueron indagados.