La Cámara Federal de Casación Penal determinó que el ocultamiento de un hombre de la venta de un automóvil a su ex mujer constituye "violencia de género del tipo económica". Se trata del primer fallo de este tipo en la historia judicial argentina.
 

 

La Sala Primera del Tribunal, en una sentencia firmada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Ana María Figueroa, anuló así el sobreseimiento a favor del hombre, quien "vendió un auto –bien ganancial– a espaldas de su ex mujer, y ella no pudo recibir la parte que le correspondía por la venta". El fallo declara, además, la inconstitucionalidad de una norma que exime de pena por los delitos patrimoniales causados por el hombre en perjuicio de la cónyuge mujer e impide la investigación de los hechos.
 

Según se desprende de la sentencia, publicada por el sitio especializado en jurisprudencia elDial.com, el imputado pudo haber cometido dos delitos: "por un lado, estafa, que tutela el bien jurídico ‘propiedad’ y, por el otro, falsificación de documento público, que tutela el bien jurídico ‘fe pública‘". Ello ocurre porque la firma de la mujer fue falsificada en la documentación para la venta del vehículo y el acusado indicó que ella no había concurrido al acto de venta porque estaba "deprimida" por la separación.
 

En su voto, el juez Roberto Hornos indicó que "en casos donde pueda encontrarse comprometidos los derechos de las mujeres, debe siempre privilegiarse el estudio de la causa desde una perspectiva de género". "Un tipo de violencia contra la mujer es toda conducta orientada a defraudar los derechos patrimoniales y económicos de la mujer, dentro de una relación familiar, como lo es el matrimonio", subrayó.
 

Según la resolución, tal conducta hacia la mujer "constituye violencia de género del tipo económica y bajo la modalidad de violencia doméstica", que recurre a "un estado estereotipado de la mujer con dolencias psiquiátricas y, por ende, de superioridad del sexo masculino". "Es preciso erradicar de la sociedad en orden a alcanzar la igualdad de género, como mandato constitucional y convencional imperativo", resaltó Hornos.