La Cámara de Diputados aprobó ayer y giró al Senado un proyecto que aumenta las penas de los delitos viales en los casos de muerte y lesiones graves provocadas por automovilistas, quienes serán castigados con hasta 6 años de prisión si se fugan del lugar del hecho.
El texto introduce modificaciones al artículo 84 del actual Código Penal y establece un agravante de la pena, que será de 3 a 6 años de prisión para los conductores que provoquen muerte o lesiones graves en una serie de casos que enumera. El castigo está previsto para los conductores que se den a la fuga y no socorran a las víctimas del accidente o se encuentran bajo efectos de estupefacientes o alcohol.
La pena también corresponderá a los automovilistas que provoquen muerte o lesiones graves, que hayan conducido con exceso de velocidad o hayan violado las señales que establecen los semáforos. La presidenta de la comisión de Legislación Penal, Patricia Bullrich, dijo que el proyecto “incorpora el concepto de conducción temeraria” como agravante de la pena. “Este proyecto va a ser un avance importante para que las calles y rutas argentinas no sean un lugar de muerte”, destacó.
El proyecto tipifica el concepto de “culpa temeraria” a partir de conductas “imprudentes o negligentes” mediante las que el conductor las haga a sabiendas de que puede causar daño.
Organizaciones de familiares de víctimas de accidentes de tránsito cuestionaron que se mantenga un mínimo de 3 años para la pena, aunque el máximo se amplíe a 6 años de prisión, porque permite la excarcelación. Pero los legisladores coincidieron en dejar en manos de los jueces la posibilidad de definir el tipo de pena correspondiente de acuerdo a cada caso.
