Las aerolíneas del transporte internacional deberán brindar a partir del año próximo al Gobierno mayor información sobre los pasajeros que trasladen al exterior y/o que ingresen a la Argentina, según una disposición publicada ayer en el Boletín Oficial. En el marco de estos nuevos controles para las personas que viajan al extranjero, las aerolíneas deberán aportar datos (32 preguntas) entre ellas el nombre, DNI, dirección, teléfono e historial de vuelos del pasajero, según la resolución general conjunta 367 de la AFIP, la Dirección Nacional de Migraciones y la Administración Nacional de Aviación Civil y la Policía de Seguridad Aeroportuaria. Esta nueva normativa es ‘para optimizar los procesos de control y fiscalización, simplificar procedimientos operativos aduaneros, migratorios y de seguridad aeroportuaria, incrementando la eficiencia en la prevención de los delitos, el narcotráfico, el terrorismo internacional, la trata de personas y el tráfico ilegal de inmigrantes‘, justificó el Gobierno.
Dentro de los considerandos de la resolución publicada ayer en el Boletín Oficial se remarcó que ‘el mecanismo previsto permitirá contar con información unívoca y actualizada en tiempo real para optimizar los procesos de control y fiscalización‘. ‘Que, para ello, resulta necesario contar con antelación todos los datos relativos a los vuelos y el listado de pasajeros transportados desde y hacia la Argentina‘, puntualizó la norma.
Se explicó que las ‘aerolíneas deben transmitir mensajes electrónicos de Información Anticipada de Pasajeros (API)‘.

