En diciembre, jubilados y pensionados cobrarán el medio aguinaldo correspondiente en Anses. Además, acceden al aumento establecido por la Ley de Movilidad Jubilatoria y en caso de corresponder, reciben un bono de $10.000.
Tras el aumento de diciembre (15,62 por ciento), la jubilación mínima ascenderá a 50.124 pesos y, con el medio aguinaldo de diciembre más el bono, alcanzará los 85.186 pesos. Asimismo, las dos jubilaciones mínimas pasarán a ser de 107.249 pesos y, con el medio aguinaldo de diciembre, llegarán a los 157.373 pesos.
Además, en diciembre, enero y febrero se pagará un refuerzo de ingresos. El refuerzo será de 10 mil pesos para quienes perciban hasta una jubilación mínima e irá decreciendo hasta los 7 mil pesos para quienes reciban hasta dos haberes mínimos.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
El “sueldo anual complementario” (SAC), o aguinaldo, se regula por la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 en los artículos 121 y 122 (texto modificado por la Le 27.073), y se paga en dos partes, una a mitad de año y otra en el mes de diciembre. El medio aguinaldo es el 50% de la mayor remuneración mensual percibida dentro del semestre.
De esta manera, el próximo pago que percibirán los jubilados y pensionados en el mes de diciembre a modo de SAC se calculará teniendo en cuenta el reciente incremento del 15,62%, pero no el pago del bono, por lo que, en lugar de ser de $30.000, será de:
– Por una jubilación mínima: $25.062
– Por dos jubilaciones mínimas: $50.124
Los jubilados que no cobran el bono, cobrarán igualmente, el 50% de la mejor remuneración que hubieran percibido en el semestre (la del próximo mes, con el incremento del 15,62% incluido).
¿Qué descuentos se pueden hacer a una jubilación?
Obra Social: es el descuento del 3% que efectúa PAMI o la Obra Social que tengas, de la jubilación mínima establecida por ley. Por el monto que supere la jubilación mínima, se descuenta el 6% sobre el excedente (Ley 19.032 Art. 8).
Créditos ANSES: es la cuota del crédito que se solicitó en ANSES. La cuota no podrá superar el 20% de los ingresos netos mensuales. Si solicitaste más de un Crédito no podrás ver las cuotas diferenciadas en el recibo; esta información podés encontrarla ingresando a Mi ANSES.
Cuota Moratoria AFIP: es la cuota del plan de moratoria que ha realizado para completar los años de aportes que le faltaban para obtener su jubilación.
Retroactivo moratoria AFIP: es el descuento de las cuotas no pagas al momento del otorgamiento de la jubilación por moratoria.
Descuentos de mutuales y otras entidades: ingresá en descuentos de mutuales y otras entidades para conocer más sobre descuentos de mutuales, cooperativas y otras instituciones por préstamos, cuota social o servicios especiales.
Impuesto a las Ganancias: alcanza a haberes equivalentes a seis jubilaciones mínimas y se actualiza de acuerdo a la Ley de Movilidad. Ingresá en impuesto a las ganancias para jubilados y pensionados para obtener más información.
Si tenés dudas sobre algún concepto podés llamar al 130.